Marbetes destruidos en el extranjero

Sí, aunque se trate de un accidente ocurrido en el extranjero debe notificarlo a la autoridad

El mes pasado le enviamos a nuestro proveedor en Argentina los marbetes tramitados ante el SAT para colocarlos en los vinos de “presentación especial” a importar en los próximos días, pero nos avisan que en un incendio ocurrido en sus bodegas se destruyeron todos, junto con las bebidas alcohólicas.

En el entendido de que los habíamos solicitado para su adhesión en el país de origen ¿tendríamos la obligación de avisar a la autoridad sobre el siniestro?

Sí debe informar sobre su destrucción a la misma autoridad a la que solicitaron los marbetes (Administración Local de Servicios al Contribuyente). Esto se hará en escrito libre firmado “bajo protesta de decir verdad”, conforme a las formalidades del CFF (arts. 18 y 18-A), el cual contendrá las causas que ocasionaron su destrucción, y la especificación de los números de folio de cada uno de ellos, o los que integran las bobinas completas.

Al escrito se anexará la documentación comprobatoria de los hechos, por lo que al haberse dado el evento fuera de México, se recomienda solicitar a su proveedor un documento expedido por su autoridad o entidad competente en donde se certifique el siniestro y pérdida de las botellas con los marbetes adheridos que contenían las bebidas.

Los marbetes se tendrán por cancelados (regla 5.3.2., Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2012).