Justificación ante cambio de tasa del IVA en frontera

Se aplicará la tasa de IVA del 11% por la importación de bienes a la región fronteriza, siempre que ingresen a nuestro país a más tardar el 31 de diciembre de 2013

Libre comercio México-Costa Rica
 Libre comercio México-Costa Rica  (Foto: Redacción)

Está por terminar el 2013, y el 2014 tendrá muchos cambios, entre ellos la aplicación de la tasa del 16% (en lugar del 11%) del IVA en la importación de mercancías a la franja fronteriza.

La homologación del porcentaje podría generar algunos inconvenientes en el despacho de las mercancías que lleguen a la aduana en diciembre, y por la razón que fuere, se tengan que importar hasta el 2014.

Esto porque al actualizarse el Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI –sistema de validación–) es probable que este desconozca la tasa del 11%, la cual corresponde cubrir en ese evento, en virtud de que los bienes cruzaron la línea divisoria internacional en diciembre de 2013, y es en ese momento cuando nace la obligación fiscal (arts. 1o, LIVA, 6o. CFF y 56, LA).

Para evitar el pago de una tasa que no es procedente, se sugiere que antes de realizar la importación, solicite al agente aduanal una copia del pedimento para su revisión, y en caso de que se hubiere aplicado la tasa del 16% del IVA, pedirle que acuda ante el Administrador de la aduana para justificar el pedimento, con el objeto de cambiar la tasa por la del 11%. Así, se podrá generar el acuse electrónico de validación por parte de la autoridad aduanera para continuar con el trámite de la importación.