Cancelan NOM de especies acuáticas

La autoridad decidió que ya no se aplicará debido a que no está actualizada

SCJN declara inconstitucional artículo de la Ley de Navegación
 SCJN declara inconstitucional artículo de la Ley de Navegación  (Foto: Redacción)

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación canceló la NOM-010-PESC 1993, Requisitos sanitarios para la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura u ornato, en el territorio nacional, publicada en el DOF del 16 de agosto de 1993, por no encontrarse actualizada ni apegarse a los criterios establecidos internacionalmente por la Organización Mundial de Sanidad Animal.

Aun cuando la NOM ya no opera desde el 25 de diciembre de 2013, para obtener el certificado de sanidad acuícola requerido para la importación de las mercancías reguladas en la citada NOM, los interesados cumplirán con los requisitos y especificaciones de sanidad de especies acuáticas previstos en el “Acuerdo por el que se establece el módulo de requisitos en materia de sanidad para la importación de especies acuáticas, sus productos y subproductos, así como de los productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para el uso o consumo de dichas especies”, publicado en el DOF del 25 de mayo de 2012 (Aviso de cancelación de la NOM-010-PESC-1993, DOF del 24 de diciembre de 2013).