Un mismo proveedor, dos ID fiscales

La autoridad no puede multar por este supuesto, el proveedor le facturará según el país de donde envía

Tenemos un proveedor en Francia que nos abastece de productos desde hace tiempo. Sin embargo, como ahora no cuenta con los inventarios necesarios, ha decidido enviarlos de su establecimiento permanente en España, país en donde los facturará.

El consorcio explica que el comprobante que expida de cualquiera de esas naciones contendrá la misma denominación social, pero no así el domicilio ni la clave de identificación fiscal (ID fiscal).

Ante esto ¿podría la autoridad multarnos por tener pedimentos y facturas con ID distintos del mismo proveedor?

La autoridad no podría multarle por tal supuesto, pues aun cuando se trata de un mismo proveedor, este opera y es contribuyente de dos naciones, y le facturará según el país de donde venderá y enviará las mercancías.

Lo sancionable sería no declarar el ID fiscal del proveedor en el pedimento, o bien, ese dato sea falso o inexacto
(art. 184, fraccs. III y XIII, LA).

Para evitar inconvenientes, es necesario que le dé instrucciones por escrito al agente aduanal, subrayando cuál es el ID indicado en la factura. Ese dato y el del valor de las mercancías se transmiten por conducto del Comprobante de Valor Electrónico (COVE).

Adelantándonos a los hechos, si tal agente anotará incorrectamente el ID, podría solicitar la rectificación del pedimento (art. 89, LA).