Folio de CFDI para COVE

Este dato no debe ser olvidado por quienes realizan ventas de exportación

Recuperación de facturas electrónicas
 Recuperación de facturas electrónicas  (Foto: Redacción)

Como se sabe, desde el pasado 1 de abril se factura sin papel, por lo que únicamente se emiten comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), los cuales contienen un número de folio que identifica al emisor y la operación realizada.

Este número de folio no debe pasar desapercibido por quienes realizan ventas de exportación y generen sus CDFI´s, pues es forzoso anotarlo en el Comprobante de Valor Electrónico (COVE) que transmiten en la Ventanilla Digital.

Al ser una obligación asentar en el COVE el número de la factura de las mercancías, y al no haberla en papel porque se sustituyó por el documento electrónico, es que se considera el dato del folio del CFDI, que actualmente es el  expedido en la enajenación de mercancías al extranjero.

Lo anterior con independencia de que el actual formato del COVE y su instructivo de llenado sigan haciendo alusión al número de la factura en el “Campo de los Datos del Comprobante” (Manual del COVE, emitido por el SAT).

El formato como su instructivo tendrán que adecuarse a la nueva forma de facturación.