Exportación temporal de autos

Sí, la ley aduanera lo permite durante seis meses, con una prórroga similar

Los hijos del socio de la corporación van a ir a estudiar a Estados Unidos por un año, y pretenden llevarse sus autos respectivamente y regresarlos cuando concluyan sus estudios. Para la salida de estas unidades ¿habría algún problema?, ¿se tiene que contar con alguna autorización en particular?

No se tendría ningún inconveniente, pues la Ley Aduanera (LA) permite la salida física de las mercancías para permanecer en el extranjero por tiempo determinado; por lo tanto, no se requiere de la citada autorización.

Cabe aclarar que el plazo de estancia de los bienes en aquel país será de seis meses, pero tampoco es una dificultad ya que se podrá prorrogar por un lapso similar, previa rectificación del pedimento (arts. 114 y 116, LA).

Para efectuar la operación, se recomienda solicitar los servicios de un agente aduanal, quien llevará a cabo las formalidades del despacho aduanero de tales vehículos, y en su momento, su retorno (art. 36-A, LA).