Beneficios de la certificación ¿al proveedor?

No aplica la retención del IVA en ventas que realicen los proveedores nacionales a empresas IMMEX

Un cliente con Programa IMMEX nos comenta que una vez que el SAT le proporcione la certificación para no pagar el IVA en sus importaciones temporales en 2015, nosotros también gozaremos de los beneficios que le otorguen; y  además, nuevamente le podremos facturar con retención las compras de las mercancías, ¿son ciertas estas apreciaciones?

No lo son, pues las ventajas en materia fiscal, aduanera y de comercio exterior que concede la certificación únicamente aplicarán a las empresas autorizadas, no así a sus proveedores.

En cuanto a la retención, esta figura ya no se emplea a partir del 1o de enero de 2014, ello al eliminarse, en diciembre de 2013, la fracción IV del artículo 1o-A de la LIVA y el Decreto publicado en marzo de 2012; por ende, las ventas que realicen los proveedores nacionales a las IMMEX seguirán facturándose con el IVA, sin retención alguna.