Importación de ciertos bienes ¿actividad vulnerable?

Productos como vehículos, joyas y obras de arte se norman también por la ley antilavado

Revise los bienes de capital que puede importar sin contar con padrón de importadores
 Revise los bienes de capital que puede importar sin contar con padrón de importadores  (Foto: Redacción)

El artículo 17, fracción XIV de la ley antilavado señala que se considera que un agente o apoderado aduanal realiza una actividad vulnerable cuando presta sus servicios para promover por cuenta ajena el despacho de las siguientes mercancías:

 

Tipo de bien Monto
  • Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados
  • Máquinas para juegos de apuesta y sorteos, nuevas y usadas
  • Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago
  • Materiales de resistencia balística para la prestación de servicios de blindaje de vehículos
Cualquiera que sea el valor de los bienes
Joyas, relojes, piedras preciosas y metales preciosos   Cuyo valor individual sea igual o superior a 485 veces el salario mínimo vigente en el DF (actualmente $32,635.65)
Obras de arte   Cuyo valor individual sea igual o superior a 4,815 veces el salario mínimo vigente en el DF (actualmente $324,001.35)

Para determinar el valor a que se refieren los dos últimos supuestos, se debe considerar el resultado que se obtenga conforme a lo siguiente:

  Valor en aduana de la mercancía
Entre: Cantidad en unidad de medida en términos de la TIGIE
Igual: Valor a considerar para saber si se trata o no de una actividad vulnerable