Importación de primarios sin IVA

Conoce cómo aplicar adecuadamente el beneficio fiscal

Errores en el pedimento de importación
 Errores en el pedimento de importación  (Foto: Redacción)

La Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal, de la Administración General Jurídica, confirmó que la importación de productos destinados a usarse como fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, fungicidas y abonos para la agricultura o ganadería, está exenta del pago del IVA, de conformidad con los artículos 2o-A, fracción I, inciso f y 25, fracción III de la LIVA (Información publicada en el Boletín del SAT número P022, de fecha 20 de marzo de 2015).

Para aplicar adecuadamente el beneficio fiscal en comento se atenderá lo siguiente:

En el pedimento se declarará la forma de pago del IVA “9” Exento de pago (Apéndice 13, Anexo 22, RGCE 2015).

En el caso de que algún producto de esa naturaleza esté exento del pago del IVA en su importación y no esté relacionado en el mencionado Anexo 27, se podrá hacer la consulta ante la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanera o la Administración Central de Normatividad Internacional, según corresponda, presentando un escrito libre al que se anexarán el comprobante del pago de los derechos a través del esquema electrónico e5cinco, los documentos y demás elementos que permitan a la autoridad ubicar de acuerdo con el uso o destino de las mercancías que se trata de las exentas (regla 5.2.11., RGCE 2015).