Regulación aduanera a especies amenazadas

Se requerirá permiso o certificado CITES para la importación y exportación de especies de madera, tiburones, peces, yucas y rayas

Consideren importar madera (foto: Ernesto Ramírez, revista: Expasión)
 Consideren importar madera (foto: Ernesto Ramírez, revista: Expasión)  (Foto: Redacción)

Por Irene Vega

Quienes importen o exporten algunas especies de madera, tiburones, peces, yucas y rayas deberán presentar, a partir del 7 de julio de 2015, el permiso o certificado de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), emitidos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a través de su Dirección General de Vida Silvestre.

La CITES es un acuerdo internacional que tiene por finalidad velar porque el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no represente una amenaza para su supervivencia.

Esta Convención entró en vigor el 1o de julio de 1975 y México se adhirió el 2 de julio de 1991 y desde entonces debe garantizar la sustentabilidad del comercio a fin de preservar esos recursos.

No obstante la determinación de implementar dicha regulación no arancelaria en la normatividad mexicana obedeció a que recientemente se incluyeron esas variedades –con elevado cuyo nivel de explotación– en los Apéndices de la CITES.

Por lo anterior la Secretaría de Economía, en cumplimiento a dicho compromiso, se vio en la necesidad de incluir esos bienes –objeto de protección– en el “Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la SEMARNAT”, reformado en el DOF del 16 de junio de 2015.