Nuevos deberes en torno al valor en aduana

Si eres importador de mercancías conoce y prepara los documentos que debes entregar a tu agente aduanal

Comercio Exterior (Foto: Reuters)
 Comercio Exterior (Foto: Reuters)  (Foto: Redacción)

A partir del 1o. de septiembre de 2015 los importadores estarían obligados a entregar al agente aduanal que promueva el despacho de sus mercancías diversos documentos anexos a la “manifestación de valor” que servirán para determinar el valor de aquellas.

La documentación en comento sería la siguiente:

  • factura comercial
  • conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea, o los demás relacionados con el transporte
  • los documentos:
    • comprobatorios del origen –si se requiere– y procedencia de los bienes
    • en los que conste: la garantía efectuada en la cuenta aduanera de garantía, cuando el valor declarado es inferior al precio estimado; y el pago de las mercancías (transferencia electrónica de fondos o carta de crédito)
    • relativos a los gastos de transporte, seguros y otros conexos de la operación de que se trate
    • que soporten los conceptos incrementables, y cualquier otra información y documentación necesaria para fijar ese valor, y
    • contratos relacionados con la transacción de la mercancía

Por lo novedoso de esta exigencia legal en el tema “Elementos que determinan el valor en aduana” se responden las preguntas más frecuentes que hemos identificado en el servicio de consultoría que proporcionamos a nuestros suscriptores, tales como los documentos referidos ¿sustituyen a la manifestación de valor?; ¿se aportarán para la importación o para cuando la autoridad los requiera? ¿cuáles serán las consecuencias de no exhibir tal documentación?, etc.