Los titulares de los Programas IMMEX deben ser muy cuidadosos en el manejo de las mermas y los desperdicios generados por los procesos productivos a los que se sujetan los insumos, las partes y los componentes que importen temporalmente; no hacerlo podría traer como consecuencia la omisión de contribuciones o que incluso la autoridad los considere que están ilegalmente en el país, si no se demuestra su retorno o identifica que son el resultado de la manufactura de esos bienes.
Los desperdicios y las memas tienen una naturaleza diferente, por ende están sometidos a un control y cumplimiento de disposiciones específicas. De ahí que en la nota “Mermas y desperdicios IMMEX” respondamos las preguntas empresariales más frecuentes al respecto. Por ejemplo: ¿en qué casos deben retornarse al extranjero?, ¿cuándo es obligatorio declararlos ante la autoridad?, ¿en dónde se registran?, ¿en qué momento deben deducirse para efectos fiscales?