Elementos del valor en aduana: ¡un hecho!

Importador, prepare los documentos anexos a la manifestación de valor porque sí los tendrá que entregar a su agente aduanal

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 -  (Foto: Redacción)

No hay marcha atrás, a partir del 1 de septiembre de este año los importadores deben adjuntar a la manifestación de valor los documentos que ayuden a determinar el valor en aduana de sus mercancías y entregarlos a su agente aduanal.

Los documentos que se exigen son:

  • factura comercial
  • conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea, o los demás relacionados con el transporte
  • aquellos:
    • comprobatorios del origen –si se requiere– y procedencia de los bienes
    • en los que conste: la garantía efectuada en la cuenta aduanera de garantía, cuando el valor declarado es inferior al precio estimado; y el pago de las mercancías (transferencia electrónica de fondos o carta de crédito)
    • relativos a los gastos de transporte, seguros y otros conexos de la operación de que se trate
    • que soporten los conceptos incrementables
  • cualquier otra información y documentación necesaria para fijar ese valor
  • contratos relacionados con la transacción de la mercancía

Esta nueva obligación está prevista en los artículos 59, fracción III de la Ley Aduanera y 81 de su Reglamento y, como se recordará, su entrada en vigor estaba prevista para el 20 de julio pasado, pero la autoridad decidió postergarla hasta septiembre. Así se formalizó entonces en el artículo décimo de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2015 publicada en el DOF de hoy.

Si deseas conocer las dudas que se presentaron para la observancia de esta obligación, te invitamos a consultar el tema “Elementos que determinan en valor en aduana”.