Disposiciones transitorias

Reformas a las reglas están vigentes desde el 29 de agosto y 1 de septiembre de 2015, salvo algunos casos

La Alianza del Pacífico está integrada por Chile, Colombia, México y Perú
 La Alianza del Pacífico está integrada por Chile, Colombia, México y Perú  (Foto: Redacción)

Aún con más reformas en puerta, se hacen presiciones sobre la vigencia de las reglas luego de que el SAT publicara en el DOF dos reformas a las  Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2015 que se adaptan al Nuevo Reglamento de la Ley Aduanera (RLA).

Regla derogada

Hasta el 1o de septiembre de 2015 estuvo vigente la regla 3.7.28. de 2014 que establecía el procedimiento para importar o exportar mercancías destinadas para el transporte, transformación, distribución y venta de primera mano de petróleo crudo, productos petrolíferos, petroquímicos y sus especialidades, gas, y sus derivados por los organismos públicos descentralizados y sus organismos subsidiarios (art. décimo tercero, segunda reforma).

Modulación de pedimentos

Se permite presentar ante la aduana para su modulación en el SAAI, los pedimentos consolidados y las facturas de las mercancías que hubiesen ingresado, salido o arribado y que no hubieran sido modulados en el mecanismo de selección automatizado, durante la vigencia de las RGCE 2015 (art. décimo primero, segunda reforma).

Vigencia

La reformas a las reglas están vigentes desde el 29 de agosto y 1o de septiembre de 2015, salvo los casos en los que se exprese algo distinto (arts. únicos transitorios, Segunda y Tercera Resolución de Modificaciones, respectivamente).

Comentario final

Se espera que próximamente la autoridad reforme nuevamente las reglas, con el propósito de hacer diversas precisiones para la correcta observancia del artículo 81 del RLA, esto es: en cuanto a los documentos adjuntos a la manifestación de valor: señalar en qué casos se estará exento de la obligación; si el contrato de compraventa se entregará al agente aduanal o la autoridad, y si este documento será por cada operación, aun cuando sea el mismo proveedor extranjero con el que se celebren compras frecuentes en un mismo mes o año; y qué pasará con los comprobantes cuando se trate de pagos de las mercancías a crédito a 30, 60 o 90 días, etc.