Medios electrónicos ¿qué hay de nuevo?

Información impresa, igual a la declarada en los documentos relacionados con el despacho aduanero

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 -  (Foto: Redacción)

Impresiones en el pedimento

Ante la implementación de nuevas tecnologías, y exclusivamente en las aduanas que dé a conocer el SAT, los contribuyentes podrán optar por imprimir en el pedimento, aviso consolidado o documento aduanero de que se trate, el medio técnico de facilitación y control del despacho de las operaciones, siempre que la información contenida en el citado medio, sea igual a la declarada en los documentos relacionados con el despacho aduanero (regla 1.1.11., Reforma).

Con esto se deroga la fracción IV del artículo único transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones, publicada el 7 de abril de 2015 (art. décimo segundo).

Validación

La información enviada en documento electrónico o digital se considerará que es la declarada por el contribuyente o, en su caso, por el agente aduanal (regla 3.1.11., Reforma).

Ventanilla digital

Quienes exhiban promociones, solicitudes o avisos por este medio se apegarán a lo previsto en el artículo 6o de la LA. La vigencia de los sellos digitales se sujetará a la de la Fiel de la persona moral (regla 1.2.2., tercer párrafo, Reforma).

Transmisiones

Las empresas de transportación marítima transmitirán la información de los manifiestos de carga mediante el SEA, antes hacía alusión al SAAI (regla 1.9.7., Reforma).