Regímenes aduaneros

¿Cuáles son los requisitos para gestionar un cambio de régimen y qué se adiciona al RLA?

El paquete económico deberá aprobarse a más tardar el 31 de diciembre
 El paquete económico deberá aprobarse a más tardar el 31 de diciembre  (Foto: Redacción)

Destrucción en depósito fiscal

El aviso de destrucción de mercancía que se encuentre en un almacén general de depósito se presentará ante la ARACE cuando menos con 30 días de anticipación a la fecha de destrucción, antes 15 (regla 4.5.16., Reforma).

Tránsito interno

Se elimina el requisito de tener un capital social mínimo para obtener el registro de empresas transportistas de mercancías en tránsito, éste ya había sido eliminado del artículo 189 del Nuevo RLA (regla 4.6.8., fracc. IV, Reforma).

Recintos fiscalizados

Las personas autorizadas para operarlos presentarán en el primer año de operación a la ACNA dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la autorización o concesión, póliza de fianza o contrato de seguro equivalente al 10 % del monto de su programa de inversión, anteriormente la autoridad establecía un monto específico (regla 2.3.8., Reforma).

Cambio de régimen

No obstante que los requisitos para gestionarlo se encuentran en el artículo 140 del RLA, se adiciona que cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior a su precio estimado se anexará al pedimento de importación la constancia de depósito o de la garantía, que respalde las contribuciones correspondientes a la diferencia entre el valor declarado y el concerniente precio estimado (regla 2.2.7., Reforma).