Quinta reforma a las RGCE 2015

El SAT adelanta lineamientos para cumplir obligaciones del segundo semestre de 2016

(Foto: Cuarto Oscuro)
 (Foto: Cuarto Oscuro)  (Foto: Redacción)

El 19 de noviembre de 2015 se publicó en el DOF la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2015 y sus anexos Glosario de definiciones y acrónimos, 1, 22 y 29, las cuales incluyen, entre otros aspectos, las autoridades competentes para conocer de diversos trámites (como resultado del nuevo Reglamento Interior del SAT y los acuerdos de reestructuración de sus facultades del 24 de agosto y 21 de noviembre de 2015), y nuevas cargas que les depararán a los exportadores el año entrante.

El análisis se presenta en cuadros para que usted amable lector, ubique con facilidad el tópico que se aborda y sus cambios.

Cabe aclarar que los cambios al SAT están vigentes desde el 22 de noviembre pasado, al igual que las reglas –salvo los supuestos específicos indicados–.

Nuevas reglas

Regla Concepto Generalidades Entrada en vigor
3.1.36. Requisitos a exportadores Quienes exporten definitivamente mercancías anotarán en el pedimento el número del folio fiscal del comprobante fiscal digital por Internet –CFDI–; y transmitirán electrónicamente la información de su valor, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o el número de identificación fiscal –del destinatario, o del comprador si es distinto al destinatario–, contenida en el CFDI 1o. de julio de 2016
3.1.37. Comprobación de datos fiscales Los exportadores y los agentes o apoderados aduanales que actúen por cuenta de aquellos, al determinar las contribuciones relativas, verificarán que el número del folio fiscal del CFDI sea el que aparece en el SAT 1o. de julio de 2016
3.3.15. Enajenación de vehículos importados en franquicia Los interesados, previa importación definitiva, solicitarán la autorización ante la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal –ACNCEA–. En el caso de la franquicia de diplomáticos, es necesario que la Secretaría de Relaciones Exteriores tramite la autorización de exención de pago de impuestos, de conformidad con la regla 3.3.15. Para determinar si califica la enajenación, se deben tomar en cuenta las condiciones previstas en el artículo 23 del "Acuerdo por el que se establecen disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia", publicado en el DOF el 29 de agosto de 2007 22 de noviembre de 2015
4.2.20. Retorno de autos internados o importados temporalmente, con plazo vencido Los habitantes de la franja o región fronteriza y los mexicanos residentes en el extranjero, propietarios de los vehículos importados o internados temporalmente en términos de las reglas 3.4.6. y 4.2.7., cuyo plazo de estadía en el país hubiera vencido, podrán retornarlos espontáneamente cuando la autoridad no hubiera iniciado sus facultades de comprobación. Los interesados exhibirán la solicitud mediante escrito libre, apegándose al formato "Solicitud de autorización para el retorno de vehículos extranjeros con permiso de importación temporal de vehículos vencidos, de conformidad con la regla 4.2.20.", a la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior (ACAJACE) de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) de la Administración General de Aduanas (AGA) 22 de noviembre de 2015

Principales reglas reformadas para especificar las funciones de las nuevas administraciones

Autoridad competente Gestiones y actos atendidos  
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Administración Regional de Auditoría de Comercio Exterior (ARACE) de la AGACE Administración Desconcentrada de Auditoría de Comercio Exterior (ADACE) de la AGACE Los avisos de comercio exterior relacionados con el cumplimiento de obligaciones (1.2.4., segundo párrafo):
  • de destrucción de:
    • mercancías en recinto fiscalizado que hubieran pasado a propiedad del fisco, y las obsoletas, caducas, dañadas o inutilizables que se encuentren en establecimientos Duty free (2.2.5., segundo párrafo y 4.5.23., fracc. I)
    • desperdicios IMMEX (4.3.4.)
    • contenedores y carros de ferrocarril, locomotoras y equipo especializado relacionado con la industria ferroviaria, que hayan sufrido algún daño (4.2.18.), y
    • bienes localizados en almacén general de depósito (4.5.16., segundo párrafo, fracc. I)
  • para importar en diversos momentos y por diferentes aduanas las mercancías desmontadas o sin montar todavía, clasificadas arancelariamente como un todo; así como el aviso de que han sido colocadas (3.1.25., fraccs. I y II)
  • del lugar en donde se utilizarán las mercancías importadas temporalmente por los residentes en el extranjero (4.2.2., fracc. IV)
  • de responsabilidad solidaria por los equipos ferroviarios especializados montados sobre vehículos construidos o transformados, con dispositivos o aparatos diversos para realizar funciones de detección, mantenimiento o reparación de vías ferroviarias, además de los destinados al mantenimiento, detección o reparación de obras públicas, todos importados temporalmente (4.2.2., fracc. VII, inciso e)
  • de las transferencias de las mercancías IMMEX a terceras personas que continuarán con los procesos productivos (4.3.6.)
ARACE ADACE
  • De traslado de maquinaria y equipo, importado temporalmente con IMMEX para su reparación o mantenimiento por personas sin programa ubicadas en cualquier punto del país (4.3.5., segundo párrafo); o introducido al régimen de recinto fiscalizado estratégico, para que les presten el servicio de mantenimiento, análisis y pruebas, calibración o procesos (4.8.10.), y
  • de retorno de las mercancías importadas temporalmente al amparo del IMMEX cancelado, bajo un nuevo programa autorizado (4.3.8., tercer párrafo)
Administración Central de Normatividad Aduanera (ACNA) Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas (ACAJA) de la AGA
  • Aceptar las solicitudes correspondientes de:
    • registros: de las asociaciones civiles constituidas para llevar a cabo el mantenimiento, reparación o ampliación de las instalaciones de la aduana (1.1.8., tercer párrafo); para transmitir electrónicamente la información de vehículos usados, y su renovación (3.5.9., fraccs. I y III)
    • autorizaciones para: mandatarios de agentes aduanales (y prórroga) y de aplicación de examen de segunda vuelta (1.4.2. y 1.4.3.); cambiar de aduana de adscripción por agentes aduanales (1.4.9.); prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos (1.8.1.); obtener el número para transmitir pedimentos en el Sistema Electrónico Aduanero –SEA– (1.10.1. y 1.10.11.); acreditar al representante legal de los importadores y exportadores (1.10.6. y 1.10.8.); la entrada o salida de mercancías de territorio nacional por lugar distinto al autorizado o, en su caso, su prórroga (2.4.1.); introducir o extraer mercancías mediante tuberías, ductos, cables u otros medios, inclusive su prórroga (2.4.4., fracc. I); dictaminador aduanero (3.1.32.); exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada, y de las modificaciones o adiciones a los datos proporcionados para obtener la autorización (3.3.4., fracc. I); excluir bodegas de la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal (4.5.2., fracc. I); operar tiendas Duty free (4.5.18., fracc. II); el establecimiento de depósitos fiscales para locales destinados a exposiciones internacionales de mercancías (4.5.30.); de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte (4.5.31.), e
    • inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías (3.1.17.)
  • admitir los avisos de las sociedades que los agentes aduanales constituyan, modifiquen o incorporen para facilitar la prestación de sus servicios (1.4.8.); del fallecimiento del agente aduanal (1.4.12.); y de los cambios en la información proporcionada para la obtención del registro de empresas transportistas para tránsito de mercancías (4.6.10., fracc. I)
  • notificar, resolver el procedimiento, suspender y revocar al importador o exportador, el número para transmitir pedimentos en el SEA (1.10.3., 1.10.4. y 1.10.5.)
  • verificar la autenticidad del poder notarial otorgados para efectuar actos de administración a los representantes legales acreditados y a los auxiliares (1.10.6., fracc. II, 1.10.7., 1.10.8. y 1.10.9., cuarto párrafo), y
  • aceptar la póliza de fianza o contrato de seguro de los recintos fiscalizados (2.3.8., fracc. I)
ACNA ADACE Avisos exhibidos sobre el precio de cada unidad importada en el mes inmediato anterior, por los comerciantes en el ramo de vehículos (3.5.6., fracc. I); y de las operaciones desarrolladas por las empresas comerciales de autos usados (3.5.6., párrafo sexto)
Administración Central de Asuntos Legales de Comercio Exterior (ACALCE) AGACE Respecto a la:
  • certificación en materia de IVA e IESPS:
    • resolver la solicitud de certificación y su renovación (5.2.13. y 5.2.15., tercer párrafo)
    • cancelar la certificación por cometer las irregularidades establecidas al efecto (5.2.17.), y
    • recibir el escrito de irregularidades por los contribuyentes en las modalidades A y AA, para llevar a cabo la autocorrección (5.2.14., rubros B, fracc. III, y C, fracc. III); y los avisos de cambios de denominación o razón social, domicilios fiscal y en donde se realizan los procesos productivos, y los de fusión o escisión (5.2.16., fraccs. II, V y VI), y
  • garantía del interés fiscal: atender el ofrecimiento de la fianza o carta de crédito (5.2.22. y 5.2.23.); las solicitudes de renovación de la fianza o la ampliación de la vigencia de la carta de crédito (5.2.25.), modificación de la garantía (5.2.26.), los avisos de fusión o escisión, actualización de información –RFC, denominación o razón social, domicilios fiscal y en los que se llevan los procesos productivos, datos de la fianza o carta de crédito– (5.2.29. y 5.2.30.)
ACALCE o ACNCEA ACAJACE Autorizaciones para:
  • importar mercancías con fines de seguridad nacional (3.3.13.), y
  • obtener un plazo adicional a las prórrogas de permanencia en el país de las mercancías utilizadas para realizar investigaciones científicas; de las destinadas a eventos culturales, patrocinados por entidades públicas, nacionales o extranjeras, así como por universidades o entidades privadas autorizadas para recibir donativos deducibles, todas importadas temporalmente (4.2.8., fracc. II, tercer párrafo y fracc. III, tercer párrafo)
ACNCEA ACAJACE Autorización para importar maquinaria y aparatos necesarios para cumplir un contrato derivado de licitaciones o concursos por residentes nacionales (4.2.8., fracc. IV); y prórroga del plazo para reexportar las mercancías importadas temporalmente al amparo de un Cuaderno ATA (3.6.2.)
ACALCE ACAJACE o ACAJA Autorización para importar maquinaria y aparatos necesarios para cumplir un contrato derivado de licitaciones o concursos por residentes extranjeros (4.2.2., fracc. III)
ACNA Administración Central de Operación Aduanera (ACOA) Autorización para importar muestras destinadas a análisis y pruebas de laboratorio para verificar la observancia de normas de carácter internacional (4.2.3.)
ACALCE     ACAJACE Autorizaciones para importar vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para acatar un contrato de licitación pública (4.2.9., primer y segundo párrafos); y ampliar el plazo de permanencia del equipo y la maquinaria importada temporalmente para cumplir un contrato de prestación de servicios, derivado de licitaciones o concursos (4.2.9., último párrafo)
Administración Local de Auditoría Fiscal (ALAF)       Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal (ADAF)       Avisos de las embarcaciones por los navieros o empresas navieras, nacionales o extranjeras (4.2.10.)
ACNCEA, ACALCE o a la Administración Local Jurídica (ALJ)1 ACAJACE     Autorizaciones de:
  • destrucción de mercancía importada temporalmente que hubieran sufrido un accidente durante su traslado al almacén general de depósito, en tránsito –incluso para cambio de régimen– (4.2.16.), o en el país (4.2.17.), y
  • prórroga de retorno de exportaciones temporales (4.4.3.)
AGA Administración General de Servicios al Contribuyente (AGSC) Registro y revocación electrónicamente el encargo conferido a los agentes aduanales (1.2.5.)
ACNA Administración Central de Operación de Padrones (ACOP) de la AGSC Recibir la información –mediante buzón tributario o escrito libre– sobre los encargos conferidos que requieren dejar sin efectos los agentes aduanales (1.2.5., séptimo párrafo)
Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) Los avisos de cambio de domicilio fiscal, en atención a los requisitos que deben observar los contribuyentes para evitar la suspensión en los padrones de importadores (1.3.3., fracc. III)
Administración Central de Identificación del Contribuyente (ACIC) ACOP
  • En cuanto a las notificaciones:
    • atender las realizadas por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la SENER, sobre las licencias o autorizaciones suspendidas o canceladas, para proceder a suspender el padrón de importadores de sectores específicos a los contribuyentes inscritos en el Sector 2 –radiactivos y nucleares–, Apartado A del Anexo 10 (1.3.3., fracc. VI), y
    • efectuarlas mediante el buzón tributario, para comunicar a los contribuyentes las causales que motivaron la suspensión inmediata en los padrones de importadores (general y sectorial) y de exportadores sectorial (1.3.3., rubros A y B), y
  • valorar las pruebas, alegatos y elementos aportados por los contribuyentes, para corroborar que desvirtuaron o subsanaron las irregularidades por las cuales se les suspendió en los padrones importadores (1.3.4.)
Oficialías de partes de la ACIC o de las ALSC Oficialías de parte de las ACOP o ADSC Solicitud de suspensión en los padrones de importadores, de manera voluntaria (1.3.3., rubros A y B, segundo párrafo)
ACNCEA, ALJ,  o la ACALCE2  ACOA Autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores (1.3.5.)
ALJ, ACNCEA o la ACALCE1 ACNCEA Autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores (1.3.6.)
Oficinas autorizadas de la ALSC Oficinas autorizadas de la ADSC Presentación de pedimentos, declaraciones y avisos respecto de las contribuciones, así como de las cuotas compensatorias que deban cubrirse en materia de comercio exterior (1.6.21., fracc. I, inciso b)
ACNA AGA Recibir de las instituciones de crédito o casas de bolsa autorizadas, las notificaciones de las transferencias de los montos garantizados en cuentas aduaneras o aduaneras de garantía a la Tesorería de la Federación; y los avisos de las prórrogas y de no exportación (1.6.26., segundo párrafo, y 1.6.29., último párrafo)
Administración Central de Planeación y Coordinación Estratégica Aduanera (ACPCEA) de la AGA Administración Central de Modernización Aduanera (ACMA) de la AGA Atender los avisos en los que se manifiesta que se proporciona o se tiene la intención de otorgar el servicio de transmisión de manifiestos de carga, requerido para la conexión al Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI), por empresas de transportación marítima y agentes de carga internacional (1.9.7. y 1.9.8.)
Solo se remitía a la ventanilla digital ACMA Registro de empresas porteadoras (2.4.6.)
ACPCEA ACMA Responsable de otorgar el visto bueno de los sistemas electrónicos para el control de las mercancías, personas y vehículos que ingresen o se retiren del recinto fiscalizado estratégico, que conecten al SAT, esto para la emisión de la autorización de la habilitación de recinto fiscalizado estratégico (2.3.6., segundo párrafo)
ACNCEA  o a la ALJ ACNCEA o Administración Desconcentrada de Jurídica (ADJ) Autorización para importar menaje de casa de estudiantes e investigadores nacionales que retornen al país después de residir en el extranjero por lo menos un año (3.3.2.)
ALJ o ACNCEA3 ACNCEA Autorización para importar definitivamente, sin el pago de impuestos al comercio exterior, vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad y las demás mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición (3.3.7.)
ACNCEA o ALJ o la ACALCE ACAJA Autorización para recibir la donación de los desperdicios, maquinaria y equipos obsoletos de empresas IMMEX (3.3.8.. fracc. I, último párrafo)
ACALCE ACNCEA Autorización importar en franquicia un vehículo por funcionarios y empleados del servicio exterior mexicano (3.3.11., fracc. I)
ACNCEA ACAJA Autorización para fabricar o importar candados oficiales o electrónicos (1.7.3.)

Otras novedades

Concepto Gestión Regla
Clasificación arancelaria La consulta para conocer cuál es la correcta  clasificación arancelaria únicamente se formulará a la ACNCEA –antes también se hacía a la ACALCE– 1.2.6., Reforma
Rectificación de pedimentos Los importadores y exportadores podrán rectificar los datos de los pedimentos, previa autorización de la ACAJACE, en los siguientes casos:
  • cuando exista un saldo a favor
  • para corregir fracciones arancelarias de mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias o normas oficiales mexicanas, excepto de información comercial, y la clasificación arancelaria que se pretende declarar ya no esté sujeta a las mismas
  • cambio de régimen y de país de origen de la mercancía, y
  • datos contenidos en pedimentos que amparen vehículos

Se presenta la petición por cada pedimento en escrito libre, apegándose al formato denominado "Solicitud de rectificación de pedimentos", se acompañarán los documentos que sustenten la petición

6.1.1. Reforma