El Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) está generando expectativas de negocios, pues con su operación se espera crear una plataforma para la integración potencial económica de la región Asia-Pacífico, uno de los bloques más dinámicos del mundo.
Actualmente el TPP sigue un proceso legislativo, y ya se cuenta con información oficial de cómo se conformaría, pues la Secretaría de Economía publicó en su portal la versión provisional en español de los textos del acuerdo, y entregó –a finales de noviembre de 2015– a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión un informe sobre el inicio de las negociaciones formales.
En atención a lo anterior, se presenta un cuadro con los principales capítulos que integrarían este instrumento internacional, que se complementa con las opiniones de diversos especialistas en el ramo ahora, bajo el propósito de proporcionar más elementos para vislumbrar lo que le espera en 2017, cuando entre en vigor.
Cómo se estructuraría
De conformidad con la versión provisional en español presentada por la SE, lo integrarían 30 capítulos con temas tradicionales y de los llamados de “siguiente generación”.
Capítulo y qué busca | Acciones a realizar |
Disposiciones iniciales y definiciones generales (1) Crear un área de libre comercio | Se buscaría la coexistencia con los acuerdos comerciales celebrados entre los países del TPP, incluso los suscritos con la Organización Mundial de Comercio (OMC), los bilaterales y regionales. Ante la incompatibilidad de las disposiciones del TPP y aquellos, a solicitud de las partes se harían las consultas inherentes para lograr una solución |
Trato nacional y acceso de bienes al mercado (2) Ingresar a los mercados, exentar y eliminar aranceles, administrar cupos; y disponer las formalidades para integrar un comité de comercio de bienes, y adherirse al Acuerdo de tecnologías de la información de la OMC |
|
Administración aduanera y facilitación al comercio (5) Agilizar el despacho de bienes, intercambiar información entre las autoridades aduaneras, administrar riesgos y aumentar los niveles de transparencia |
|
Pequeñas y medianas empresas –Pyme´s– (24) Facilitar a las Pyme´s el acceso a la información y uso de los beneficios y oportunidades del acuerdo |
|
Reglas de origen y procedimientos vinculados con el origen (3) Fijar, respecto al origen de las mercancías, los criterios para determinarlo, las bases para su certificación; y los requerimientos para no perder esa naturaleza, etc. |
|
Textiles y vestido (4) Permitir que los productos textiles reciban el tratamiento de originarios con un mínimo de requisitos, y puedan gozar de las preferencias arancelarias a su ingreso a alguno de los 12 países que suscribieron el TPP |
|
Remedios comerciales (6) Recurrir a las salvaguardas como medida de defensa comercial cuando las importaciones causen daño grave en la industria nacional, los derechos antidumping y compensatorios, y las disposiciones para aumentar la transparencia en los procedimientos |
|
Comercio electrónico (14) Efectuar transacciones electrónicas de bienes, servicios y productos digitales, y los tópicos relacionados con la transferencia de información |
|
Transparencia y anticorrupción (26) Combatir la corrupción, y asegurar que las leyes, reglamentaciones, procedimientos , etc. sean publicadas oportunamente |
|
Disposiciones finales (30) Indicar diversas pautas referentes al tratado |
|
El TPP en la opinión de los especialistas
Cualquier tratado internacional representa una oportunidad comercial y de servicios para los países que lo conforman, y máxime si se trata de uno plurilateral, como lo es el TPP, pero qué implicará para las pequeñas y medianas empresas (Pyme´s), qué se dice de los medios de defensa en prácticas desleales al comercio internacional, qué regularían las reglas específicas de origen de los textiles, todo ello lo disipan diversos especialistas.
PyME´s a la luz del TPP
En México, como en otros tantos países desarrollados y de economías emergentes, se da especial atención al crecimiento de las Pyme´s, ya sea por su elevado número, como generadoras de empleos, su contribución al PIB, su vinculación con el consumo o como contribuyentes.
En el TPP no podría ser de otra manera, tan es así que se incluiría un capítulo (24) para esas empresas. En este solo mencionaría –en sus dos grandes apartados– la intención de intercambiar información sobre los alcances de propio tratado y enlaces vía web de sitios similares, con información sobre el comercio, la inversión o los negocios en el territorio de cada país integrante; esto podría incluir reglamentaciones y procedimientos en materia aduanera, propiedad intelectual, medidas sanitarias, laborales, inversión extranjera y fiscal.
También habría un comité de Pyme´s integrado por representantes de los gobiernos para intercambiar experiencias y asistencia a este tipo de compañías para integrarlas a la cadena mundial de suministro.
Hasta aquí lo señalado en el TPP, luego entonces, volvamos a la realidad: es un sector muy disperso y diversificado.
Pese al número elevado de Pyme´s en nuestro país, son pocas las que se han atrevido a incursionar en el mercado internacional. Se estima que el 80 % no realiza actividad en el extranjero y de alrededor de los 190 mil millones de dólares que requieren las exportadoras mexicanas –por medio de importaciones temporales–, pocas atienden la proveeduría, dejando pasar oportunidades de negocio. Se abre, no obstante, la oportunidad para vincularse en áreas de servicios con las grandes exportadoras.
Solamente 9.7 % de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyme´s) exportan, con la característica de que el 78 % destinan al extranjero menos del 10 % de sus ventas y el mayor porcentaje de compañías (hasta un 85 %) están en el sector servicios y comercio, en tanto que en actividades industriales y manufactureras concurre un 19 %.
Recordemos también que más del 80 % de las exportaciones se destinan a los Estados Unidos de América y dentro de las manufactureras no más del 15 % son efectuadas por las Pyme´s.
Limitaciones
En términos de comercio exterior, hay que sortear debilidades y obstáculos como la falta de información especializada y completa sobre las oportunidades de exportación. En buena cantidad de casos, es el dueño de la empresa quien lleva a cabo las gestiones y el trato comercial con los clientes en el exterior, y pocos celebran un contrato con el importador; más aún, hay cierta resistencia a salir de las fronteras regionales e incluso de las nacionales.
En aspectos de formación, el 15 % de los involucrados en una MiPyme tiene estudios profesionales. Es por todo ello que debe apoyarse a las empresas de menor tamaño –aunque no solo a la luz del TPP, sino del entorno actual– para aumentar su productividad, mejorar la calidad de sus productos o servicios, reforzar la capacitación de su personal en áreas técnicas y administrativas, disminuir sus costos y aumentar su capacidad de negocio.
Oportunidades
Para participar en el TPP y en la economía globalizada, a las empresas de menor tamaño debe inducírseles hacia la calidad, pues un 80 % no cuenta con alguna certificación, y otra parte no aplica técnicas para mejorarla.
Entonces, la pregunta obligada es ¿cuál será el efecto del TPP para las MiPyme´s mexicanas?
Una afirmación es reforzar el desarrollo regional y sectorial siguiendo la tendencia de impulsar redes empresariales, clusters y sectores de especialización. Otra respuesta es en el sentido de reducirles las medidas regulatorias, y los obstáculos externos como la carencia de infraestructura; incluso otorgarles acceso a recursos financieros, pues sus proveedores se llegan a convertir en los principales financiadores de las Pyme´s, reflejo de que ante el sistema financiero cuentan con menos garantías, reducida experiencia de gestión, y flujos de capital menos predecibles.
Comentario final
En suma, si bien hay diversos factores influyentes en el escenario del TPP como son el gobierno, el Poder Legislativo, las universidades y los organismos empresariales, entre otros, serán las compañías las que carguen con la mayor responsabilidad en la distribución de la riqueza, en la generación de empleos, y por supuesto, en el comercio exterior.
REMEDIOS COMERCIALES
El TPP es un instrumento comercial de “gran calado”, que incluiría aspectos que definitivamente van a impactar no solo en el desarrollo institucional del comercio de nuestro país, sino en todo su orden jurídico, pues contemplaría disposiciones sobre transparencia, anticorrupción, propiedad intelectual, desarrollo, medio ambiente, entre otros.
En este contexto, contendría un amplio capítulo de solución de controversias, desarrollado bajo principios similares a los del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; en el que se reconocería a las partes el derecho a elegir el foro en el que habrían de someter las controversias: los mecanismos de la Organización Mundial de Comercio o del TPP.
Así, se fijarían medios alternativos de solución de diferencias, que irían desde las consultas entre las partes, hasta los buenos oficios, la conciliación y la mediación. Si no fuera posible que alcancen un acuerdo, se dispondría el establecimiento de un Panel (tres expertos en comercio internacional), con atribuciones para emitir una resolución en la que, incluso, se podría llegar a la suspensión de beneficios a un signatario.
También se determinarían acciones comerciales correctivas –salvaguardias de transición y medidas antidumping y compensatorias–.
Medidas a implementar
Las salvaguardias de transición permitirían que una parte impusiera medidas (cupos, incremento de aranceles, entre otros) hasta por dos años, cuando como resultado de la reducción arancelaria prevista en el TPP, se produjera un incremento de importaciones, en tal magnitud que causara un daño serio a su industria.
Implementarían reglas muy específicas a cumplirse para la imposición de estas medidas de salvaguardia, así como la compensación a pagarse a la parte afectada por su imposición. Su establecimiento necesariamente se circunscribiría a la posibilidad de que el país –que impone las medidas– tomara acciones para hacer más competitiva a su industria durante el periodo de vigencia.
Afinidad de disposiciones
El TPP reconocería que cada parte conservara sus derechos y obligaciones derivados del artículo VI del GATT de 1994, el Acuerdo Antidumping y del Acuerdo sobre subvenciones y medidas compensatorias.
En este sentido, en concordancia con la Ley de Comercio Exterior habrían dos prácticas desleales de comercio internacional:
dumping o discriminación de precios, que se da cuando un exportador vende mercancías a un mercado por debajo del precio al que las comercializa en su mercado doméstico, causando un daño o amenaza de ello a la producción del país importador, y las
subvenciones, consistentes en la enajenación de mercancías por debajo del precio al que se venden en su mercado doméstico, como resultado de la transferencia de recursos (subsidios) que lleva a cabo el gobierno del país exportador, provocando un daño a la producción nacional del país importador
Consideración final
Este importante instrumento comercial fijaría reglas que fortaleceríanlos principios de transparencia y debido proceso, en los procedimientos administrativos que tramitarán las partes, para la determinación de dichas prácticas desleales de comercio internacional y las medidas que eventualmente pudieran imponer las partes.
TEXTILES
El TPP incluiría una regulación especial para determinado tipo de bienes, como son los agrícolas, automotrices y textiles, que en este último caso, se comprendería en el capítulo cuarto.
Si bien el TLCAN contiene disposiciones específicas sobre bienes textiles, estableciendo un régimen especial de cupos y de niveles de preferencia arancelaria, las reglas del TPP presentarían un cambio sustancial en relación con el acuerdo comercial suscrito con los EUA y Canadá.
Precedentes
La regulación del sector textil en el TPP tiene como antecedente directo a los acuerdos comerciales negociados por los EUA a partir de 2000 (por ejemplo, con Chile, Centroamérica, Colombia, República Dominicana, Perú y Panamá), cabe aclarar que no se trata de una reproducción textual de lo indicado en esos tratados de libre comercio.
Generalidades del capítulo
Algunos de los aspectos que se contendría en el TPP son:
- la creación de una lista de escaso abasto que de forma temporal (vigente por cinco años a partir de la entrada en vigor del TPP) o permanente, permitiría el empleo de materiales textiles no originarios en la fabricación de prendas u otros bienes del sector
- el establecimiento de: reglas de origen específicas para bienes que sean elaborados o empleen materiales no originarios que se encuentren en la lista de materiales de escaso abasto: y un mecanismo de cooperación entre las partes para prevenir la comisión de infracciones aduaneras y asegurar la veracidad de las solicitudes de preferencia arancelaria
- la posibilidad de instaurar “medidas de emergencia” (similares a las salvaguardas referidas en otros acuerdos comerciales), que consentirían el incremento de aranceles sobre bienes textiles o del vestido cuando por el aumento en el volumen de importaciones, se ocasionara un perjuicio serio a la producción nacional, o representara una amenaza real de provocarlo
- llevar a cabo un proceso de verificación independiente del previsto para otro tipo de bienes, que incluiría la viabilidad de verificar la comisión de infracciones aduaneras, es decir, no solo tendría la finalidad de cerciorarse de la observancia de la normatividad de origen de las mercancías
Apreciaciones finales
Para las empresas productoras de textiles y prendas de vestir, importadores y comercializadores de dichos bienes, el TPP presentaría un importante reto de revisar y adecuar sus procesos internos, administración de origen, conservación de registros contables y procedimientos de cumplimiento con disposiciones aduaneras, considerando el alcance de las facultades que tendrían las autoridades competentes de las partes.