Controlan bienes por cuestiones ambientales

Las mercancías estarán sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias, para evitar daños a la capa de ozono

Prevención de plagas en el comercio internacional de bienes y mercancías con la NOM-144-SEMARNAT-2012
 Prevención de plagas en el comercio internacional de bienes y mercancías con la NOM-144-SEMARNAT-2012  (Foto: Redacción)

Por Irene Vega

Las mercancías que se sujetarán a permiso o autorización de importación y de exportación, según de trate, son las mezclas que contienen hidroclorofluorocarbonos (HCFC), incluso con perfluorocarburos (PFC) ohidrofluorocarburos (HFC), pero sin clorofluorocarburos (CFC). Estos bienes están identificados en las fracciones arancelarias 3824.74.01.

Esta obligación será exigible a partir del 24 de febrero de 2016.

En el caso de importación se exhibirá la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y el permiso de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos, correspondientes. Mientras que para la exportación, se requerirá solamente la autorización de la SEMARNAT.

Dicha medida atiende a compromisos internacionales encaminados a definir medidas concretas para la eliminación del uso de las sustancias que agoten la capa de ozono, para evitar los daños a la salud y al medio ambiente.