Comparativo de las RGCE 2016, versus 2015

Las reglas de comercio exterior emitidas por el SAT cambiaron de numeración, identifica en dónde se encuentran la disposición actual, respecto a 2015

Las nuevas reglas presentan actualizaciones en sus numerales, derivado de las reglas derogadas en 2015, y las adicionadas en 2016.

La estructura de cómo se reorganizó su numeración, y los títulos que les integró el SAT, se aprecian en el siguiente cuadro:

2015 2016 Epígrafes del SAT
1.1.1. 1.1.1. El objeto y aplicación de la RGCE
1.1.9. 1.1.2. Glosario de definiciones y acrónimos
  1.1.3. Compilación de criterios normativos en materia de comercio exterior y aduanal (Anexo 5)
1.1.11. 1.1.4. Sustitución de la impresión simplificada del pedimento
1.1.3. 1.1.5. Pago a través del esquema e5cinco
1.1.4. 1.1.6. Actualización de multas y cantidades que establece la Ley y su Reglamento (Anexo 2)
1.1.6. 1.1.7. Obtención de Fiel para la elaboración de pedimentos
1.1.12. 1.1.8. Obtención y empleo del certificado de Sello Digital
1.1.7. 1.1.9. Operaciones que se pueden concluir cuando se inicia un procedimiento de suspensión de patente de agente aduanal
1.1.2. 1.1.10. Consulta de información y solicitud de copias certificadas de pedimentos
1.1.8. 1.1.11. Aportaciones voluntarias para mantenimiento, reparación o ampliación de la aduana
1.2.1. 1.2.1. Declaraciones, avisos y formatos, instructivos de llenado y trámites oficiales (Anexo 1)
1.2.2. 1.2.2. Promociones, solicitudes o avisos mediante escrito libre
1.2.4. 1.2.3. Presentación de documentos ante la aduana por buzón o mediante correo certificado
1.2.5. 1.2.4. Registro y revocación del encargo conferido
1.2.6. 1.2.5. Consulta de clasificación arancelaria
1.3.1. 1.3.1. Importación de mercancías exentas de inscripción en padrón de importadores (Anexos 7 y 8)
1.3.2. 1.3.2. Inscripción en el padrón de importadores y/o padrón de sectores específicos
1.3.3. 1.3.3. Causales de suspensión en los padrones
1.3.4. 1.3.4. Reincorporación en los padrones
1.3.5. 1.3.5. Autorización para importar mercancías peligrosas, perecederas o animales vivos sin inscripción o estando suspendido en el padrón de importadores
1.3.6. 1.3.6. Autorización para importar por única ocasión sin padrón de importadores
1.3.7. 1.3.7. Inscripción en el Padrón Exportadores Sectorial y exención
1.4.1. 1.4.1. Autorizaciones para los agentes aduanales
1.4.6. 1.4.2. Autorización para los agentes aduanales para actuar en aduanas adicionales a la su adscripción
1.4.2. 1.4.3. Autorización y prórroga de mandatario de agente aduanal
1.4.9. 1.4.4. Autorización para el cambio de aduana de adscripción
1.4.3. 1.4.5. Autorización de mandatario para el agente aduanal que obtenga su patente por sustitución
  1.4.6. Revocación de la autorización a mandatarios de agentes aduanales
1.4.8. 1.4.7. Aviso de constitución, modificación o incorporación de sociedades de agentes aduanales
1.4.4. 1.4.8. Dependientes comunes de confederaciones y asociaciones de agentes aduanales
1.4.5. 1.4.9. Número de operaciones que debe ocuparse el agente aduanal
1.4.7. 1.4.10. Encargo conferido para operaciones con pedimentos consolidados
1.4.12. 1.4.11. Aviso de fallecimiento de agente aduanal
1.4.13. 1.4.12. Forma de pago por la prestación de servicios a los agentes aduanales
1.4.15. 1.4.13. Datos que alteran la información estadística
1.5.1. 1.5.1. Requisitos de la manifestación de valor y hoja de cálculo
1.5.2. 1.5.2. Determinación del valor en aduana
1.5.5. 1.5.3. Valor provisional en aduana
1.5.6. 1.5.4. Fórmula para determinar operaciones vulnerables
1.6.1. 1.6.1. Documentación oficial para determinación y pago de contribuciones
1.6.2. 1.6.2. Forma de pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios
1.6.3. 1.6.3. Registro de cuentas bancarias de agentes y apoderados aduanales para efectuar pagos
1.6.4. 1.6.4. Embarques parciales con pago anticipado
1.6.5. 1.6.5. Pago de diferencias del DTA con formato múltiple pago
1.6.6. 1.6.6. Transferencia de importaciones temporales de empresas con programa IMMEX
1.6.7. 1.6.7. Trato arancelario preferencial para empresas con programa IMMEX que efectúen cambio de régimen
1.6.8. 1.6.8. Cambio de régimen de importación temporal a definitiva de desperdicios residuales
1.6.9. 1.6.9. Transferencia y cambio de régimen de activo fijo, empresas con programa IMMEX
1.6.10. 1.6.10. El pago de aranceles en mercancías de importación temporal
1.6.11. 1.6.11. Opción para determinar el IGI por empresas con programa IMMEX
1.6.12.  1.6.12. Diferimiento de IGI a empresas con programa IMMEX
1.6.13. 1.6.13. Retorno de mercancías importadas bajo diferimiento de aranceles aplicando el artículo 303 del TLCAN
1.6.14. 1.6.14. Retorno de mercancías importadas bajo diferimiento de aranceles aplicando lo establecido en el TLCUE y en el TLCAELC
1.6.15. 1.6.15. Exención de cumplir con lo dispuesto en los artículos 14 TLCUE y 15 TLCAELC para mercancías originarias que se introduzcan bajo un programa de diferimiento de aranceles
1.6.16. 1.6.16. Pago de arancel por empresas con programa IMMEX en operaciones virtuales
1.6.17. 1.6.17. Devolución de las contraprestaciones señaladas en el artículo 16 de Ley
1.6.18. 1.6.18. Documento para solicitar la compensación de saldos a favor
1.6.19. 1.6.19. Solicitud de cancelación de la cuenta aduanera de garantía
1.6.20. 1.6.20. Liberación de garantía por embargo precautorio de mercancías
1.6.21. 1.6.21. Oficinas autorizadas para pago de contribuciones y cuotas compensatorias
1.6.22. 1.6.22. Expedición de comprobantes fiscales por la prevalidación de importaciones temporales de remolques
1.6.23. 1.6.23. Comprobantes fiscales en venta de primera mano
1.6.24. 1.6.24. Autorización a instituciones para operar cuentas aduaneras
1.6.25. 1.6.25. Garantías del interés fiscal equivalentes a los depósitos en cuenta aduanera de garantía
1.6.26. 1.6.26. Transferencia de cuentas aduaneras a la TESOFE
1.6.27. 1.6.27. Datos que deben contener las constancias de depósito o de garantía
1.6.28. 1.6.28. Obligación de declarar en el pedimento la clave de constancia de depósito o garantía de operación por precios estimados
1.6.29. 1.6.29. Cuenta aduanera para importación de mercancías con retorno al extranjero en su mismo estado
1.6.30. 1.6.30. Transferencia de maquinaria y equipo con cuenta aduanera
1.6.31. 1.6.31. Obligación de garantizar diferencia de IGI para ALADI
1.6.32. 1.6.32. Fideicomiso para contraprestaciones del artículo 16 de la Ley
1.6.33. 1.6.33. Pago de contribuciones por servicios del artículo 16 de la Ley
1.6.34. 1.6.34. Base gravable para LIVA, artículo 28-A
1.7.1. 1.7.1. Engomado oficial de mercancías en transbordo
1.7.2. 1.7.2. Obligación del uso de engomados en transporte de pasajeros, carga y equipajes aéreos
1.7.6. 1.7.3. Operaciones exentas del uso de candados oficiales
1.7.3. 1.7.4. Requisitos para fabricar o importar candados oficiales
1.7.4. 1.7.5. Obligación de utilizar candados oficiales en operaciones aduaneras
1.7.5. 1.7.6. Colocación de los candados oficiales
1.8.1. 1.8.1. Autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica
1.8.2. 1.8.2. Obligaciones de los autorizados para prestar los servicios de prevalidación electrónica
1.8.3. 1.8.3. Pago del aprovechamiento de los autorizados para prestar los servicios de prevalidación electrónica
1.9.18. 1.9.1. Requisitos para trámites a través Sistema Electrónico Aduanero
1.9.22. 1.9.2. Aviso de armas de fuego contenidas en embarcaciones procedentes del extranjero
1.9.1. 1.9.3. Información a transmitir por empresas aéreas en vuelos especiales
1.9.21. 1.9.4. Información a transmitir por empresas aéreas
1.9.2. 1.9.5. Información a transmitir por empresas aéreas
1.9.3. 1.9.6. Información a transmitir por empresas aéreas en vuelos no regulares
1.9.4. 1.9.7. Precisiones a efecto de aplicar la multa sobre la no transmisión de información por las empresas aéreas
1.9.7. 1.9.8. Transmisión de información de empresas de transportación marítima
1.9.8. 1.9.9. Intercambio de información de agentes de carga internacional
1.9.9. 1.9.10. Aviso de información de carga aérea
1.9.17. 1.9.11. Transmisión de información por concesionarios de transporte ferroviario
1.9.10. 1.9.12. Información de mercancía transportada vía ferrocarril
1.9.11. 1.9.13. Procedimiento para concesionarias de transporte ferroviario
1.9.5. 1.9.14. Autorización para prestar el servicio de procesamiento electrónico
1.9.6. 1.9.15. Obligaciones de los autorizados para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos
1.9.12. 1.9.16. Carta cupo electrónica
1.9.13. 1.9.17. Guía aérea electrónica
1.9.14. 1.9.18. Número de acuse de valor individual
1.9.15. 1.9.19. Número de acuse de valor consolidado
1.9.16. 1.9.20. Retransmisión del número de acuse de valor
1.9.20. 1.9.21. Datos objeto de multa por la transmisión del acuse de valor
1.10.1. 1.10.1. Requisitos para obtener número de autorización para la transmisión de pedimentos a través del Sistema Electrónico Aduanero
1.10.2. 1.10.2. Requisitos adicionales para las personas morales que pretendan importar mercancías sensibles
1.10.3. 1.10.3. Supuestos y plazos de suspensión de autorización para transmitir pedimentos a través del Sistema Electrónico Aduanero
1.10.4. 1.10.4. Procedimiento de suspensión de autorización para transmitir pedimentos a través del Sistema  Electrónico Aduanero
1.10.5 1.10.5. Revocación de autorización para transmitir pedimentos a través del Sistema Electrónico Aduanero
1.10.6. 1.10.6. Acreditación de representantes legales
1.10.7. 1.10.7. Acreditación de representantes legales por empresas productivas del Estado, sus organismos subsidiarios y/o empresas productivas subsidiarias y sus empresas filiales
1.10.8. 1.10.8. Designación de representante legal común
1.10.9. 1.10.9. Designación de auxiliares y aduanas
1.10.10. 1.10.10. Representación ilimitada
1.10.11. 1.10.11. Asignación del número de autorización
1.10.12. 1.10.12. Requisitos para la transmisión electrónica del pedimento
1.10.13. 1.10.13. Acreditación de representantes legales, con apoderado aduanal autorizado
2.1.1. 2.1.1. Horarios de las aduanas (Anexo 4)
2.1.4. 2.1.2. Horarios para la entrada a territorio nacional de mercancías contenidas en el Capítulo 89 de la TIGIE
2.1.2. 2.1.3. Declaración aduanera de dinero
2.1.3. 2.1.4. Supuestos que se incluyen para la declaración de dinero en la aduana
2.2.1. 2.2.1. Reporte de abandonos
2.2.2. 2.2.2. Normatividad para la entrega de mercancías en recintos fiscalizados
2.2.3. 2.2.3. Definición del equipo especial de embarcaciones
2.2.4. 2.2.4. Procedimiento para la recuperación de abandonos
2.2.5. 2.2.5. Procedimientos para vender, donar o destruir mercancías abandonadas
2.2.6. 2.2.6. Desistimiento y retorno de mercancías en depósito ante la aduana
2.2.7. 2.2.7. Procedimiento para los cambios de régimen
2.2.8. 2.2.8. Salida de mercancías cuyo plazo de abandono haya finalizado
2.3.1. 2.3.1. Concesión y autorización de recinto fiscalizado
2.3.2. 2.3.2. Recinto fiscalizado dentro del recinto fiscalizado estratégico y ampliación de superficie de los recintos fiscalizados estratégicos
2.3.6 2.3.3. Habilitación de recintos fiscalizados estratégicos
2.3.7. 2.3.4. Obligaciones de los recintos fiscalizados estratégicos
2.3.8. 2.3.5. Obligaciones de recintos fiscalizados
2.3.3. 2.3.6. Autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras
2.3.4. 2.3.7. Obligaciones de los autorizados para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras
2.3.9. 2.3.8. Registro y control de mercancías en recintos fiscalizados
2.3.5. 2.3.9. Inicio de la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras
2.3.10. 2.3.10. Obligación del trámite y uso de gafetes dentro de los recintos fiscales y fiscalizados
2.3.11. 2.3.11. Transmisión electrónica, tratándose de mercancías de transito interno
2.4.1. 2.4.1. Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado
2.4.2. 2.4.2. Procedimiento para efectuar el despacho por lugar distinto al autorizado
2.4.3. 2.4.3. Autorización para despacho por lugar distinto al autorizado en embarcaciones
2.4.4. 2.4.4. Autorización para la introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas
2.4.5. 2.4.5. Disposiciones aplicables a las operaciones realizadas mediante ferrocarril
2.4.6. 2.4.6. Procedimiento para la obtención del CAAT
2.4.7. 2.4.7. Obligación de presentar CAAT en recintos fiscales o fiscalizados
2.4.8. 2.4.8. Información semanal de SEPOMEX
2.4.10. 2.4.9. Procedimiento para el abastecimiento de vuelos
2.4.11. 2.4.10. Vista a las autoridades en detección de mercancía ilícita
2.4.12. 2.4.11. Base marcaria
2.4.13. 2.4.12. Procedimiento de exportación de combustible en las embarcaciones
2.5.1. 2.5.1. Regulación de mercancía
2.5.2. 2.5.2. Regulación de temporales vencidas y desperdicios
2.5.3. 2.5.3. Importación definitiva de mercancía excedente o no declarada en depósito fiscal
2.5.4. 2.5.4. Regulación de mercancías obtenidas mediante adjudicación judicial por la banca de desarrollo
2.5.5. 2.5.5. Transferencia de bienes de seguridad nacional
2.5.6. 2.5.6. Pago de contribuciones por mercancía robada, artículo 94 de la Ley
3.1.1. 3.1.1. RFC genéricos
3.1.26. 3.1.2. Definición de muestras y muestrarios
3.1.17. 3.1.3. Solicitud y renovación de registro de toma de muestras de mercancías peligrosas (Anexo 23)
3.1.27. 3.1.4. Importación de muestras amparadas bajo el protocolo de investigación en humanos
3.1.2. 3.1.5. Identificadores para mercancías peligrosas
3.1.3. 3.1.6. Transferencia de información para el cruce fronterizo
3.1.5. 3.1.7. Requisitos que debe contener la factura comercial
3.1.6. 3.1.8. Triangulación comercial cuando se aplique trato arancelario preferencial
3.1.7. 3.1.9. Diferencias de clasificación arancelaria en los certificados de origen
3.1.8. 3.1.10. Accesorios amparados con un certificado de origen
3.1.9. 3.1.11. Aplicación de preferencias en mercancías con procedencia distinta a la de su origen
3.1.10. 3.1.12. Procedimiento para tramitar un documento aduanero
3.1.11. 3.1.13. Valor de la información transmitida al Sistema Electrónico Aduanero
3.1.31. 3.1.14. Alcance de la información de los números de acuse de valor
3.1.4. 3.1.15. Impresión simplificada del pedimento
3.1.15. 3.1.16. Impresión de resultado de semáforo fiscal
3.1.34. 3.1.17. Declaración de marcas nominativas y mixtas en el pedimento (Anexo 30)
3.1.12. 3.1.18. Pedimento Parte II
3.1.33. 3.1.19. Procedimiento de transmisión en operaciones por ferrocarril con pedimentos Parte II
3.1.21. 3.1.20. Rectificación de cantidad en pedimentos Partes II
3.1.13. 3.1.21. Consolidación de carga en diferentes pedimentos
3.1.14. 3.1.22. Relación de facturas en operaciones consolidadas
3.1.16. 3.1.23. Procedimiento para la importación de diesel por empresas con programa IMMEX
3.1.25. 3.1.24. Importación en diversos momentos de mercancías desmontadas o sin montar (RG 2a LIGIE)
3.1.19. 3.1.25. Momento en que se consideran presentadas las mercancías en exportaciones
3.1.20 3.1.26. Operaciones temporales y retornos de envases para productos agrícolas
3.1.24. 3.1.27. Uso de Aduanas exclusivas (Anexo 21)
3.1.23. 3.1.28. Utilización de carril “FAST” en las aduanas ubicadas en la frontera norte para exportaciones siempre que cumplan con diversos requisitos
3.1.28. 3.1.29. Registro para la revisión de origen
3.1.29. 3.1.30. Cumplimiento de las NOM´s y de las demás obligaciones para cada régimen aduanero
3.1.30. 3.1.31. Despacho aduanal con pedimento consolidado
  3.1.32. Despacho de mercancías sin presentación de las impresiones de pedimentos, aviso o copias simples
3.1.32. 3.1.33. Autorización para ser dictaminador aduanero
3.1.35. 3.1.34. Digitalización de documentos de vehículos
3.1.36. 3.1.35. Transmisión de información contenida en el CFDI
3.1.37. 3.1.36. Verificación del número o números de folio fiscal del CFDI
3.2.1. 3.2.1. Definición de pasajero
3.2.2. 3.2.2. Importación de mercancías por pasajeros con tasa global
3.2.3. 3.2.3. Franquicia de pasajeros
3.2.4. 3.2.4. Revisión de equipaje de pasajeros en tránsito aéreo
3.2.5. 3.2.5. Equipaje y franquicia de transmigrantes
3.2.6. 3.2.6. Equipaje personal y menaje de casa de diplomáticos y familiares
3.2.7. 3.2.7. Declaración de pasajeros del extranjero
3.3.13. 3.3.1. Importación de bienes de seguridad nacional
3.3.15. 3.3.2. Franquicias diplomáticas
3.3.14. 3.3.3. Cambio de régimen de menajes temporales
3.3.2. 3.3.4. Importación de menaje de casa para estudiantes e investigadores
3.3.3. 3.3.5. Definición de bienes usados
3.3.4. 3.3.6. Autorización de exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada (artículo 61, fracción IX, de la Ley)
3.3.5. 3.3.7. Importación de bienes enviados por jefes de Estado o gobiernos extranjeros
3.3.6. 3.3.8. Mercancía exenta del sector salud (Anexo 9)
3.3.7. 3.3.9. Exención de IGI en vehículos y demás mercancía para personas con discapacidad
3.3.8. 3.3.10. Donación por empresas con programa IMMEX de desperdicios, maquinaria y equipos obsoletos
3.3.9. 3.3.11. Donación por empresas extranjeras al fisco federal
3.3.10. 3.3.12. Definición de desastres naturales y extrema pobreza
3.3.11. 3.3.13. Vehículos: en franquicia fronteriza para funcionarios
3.3.12. 3.3.14. Franquicia para conductores en tráfico internacional
3.4.1. 3.4.1. Mercancía de uso personal para residentes fronterizos
3.4.2. 3.4.2. Importación de cerveza, bebidas alcohólicas y tabaco labrado por residentes en la franja o región fronteriza
3.4.3. 3.4.3. Reexpedición de mercancía en franja o región fronteriza
3.4.4. 3.4.4. Presentación en garitas de vehículos que transporten mercancías (Anexo 25)
3.4.5. 3.4.5. Bienes nacionales fungibles que salgan de la frontera
3.4.6. 3.4.6. Internación temporal de vehículos fronterizos
3.4.7. 3.4.7. Circulación dentro de franja y en la región fronteriza para vehículos extranjeros
3.4.8. 3.4.8. Reexpedición de refacciones y partes dañadas importadas como un todo
3.5.1. 3.5.1. Procedimiento para la importación definitiva de vehículos
3.5.2. 3.5.2. Importación de vehículos nuevos
3.5.3. 3.5.3. Trato arancelario preferencial para vehículos originarios
3.5.4. 3.5.4. Exención de permiso para la importación de vehículos al amparo del Decreto de vehículos usados
3.5.5. 3.5.5. Importación de vehículos a frontera al amparo del Decreto de vehículos usados
3.5.6. 3.5.6. Obligaciones de las empresas comercializadoras de vehículos
3.5.7. 3.5.7. Cambio de régimen de vehículos temporales
3.5.8. 3.5.8. Condicionantes para la importación de vehículos a frontera
3.5.9. 3.5.9. Exención de garantía por precios estimados para vehículos usados
3.5.10. 3.5.10. Decreto automotriz para Chihuahua
3.5.11. 3.5.11. Regularización de vehículos usados para aplicación del Decreto de sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje y carga
3.6.1. 3.6.1. Autorización de asociación garantizadora y expedidora de cuaderno ATA
3.6.2. 3.6.2. Validez del cuaderno ATA
3.6.3. 3.6.3. Cuadernos ATA a la exportación
3.6.4. 3.6.4. Validez y vigencia de los cuadernos ATA
3.6.5. 3.6.5. Rechazo de cuadernos ATA
3.6.6. 3.6.6. Sustitución de cuadernos ATA en caso de pérdida
3.6.7. 3.6.7. Finalidad específica en el uso de cuadernos ATA, procedimiento de despacho
3.6.8. 3.6.8. Descargos en cuadernos ATA
3.6.9. 3.6.9. Alternativas de descargo en cuadernos ATA
3.6.10. 3.6.10. Obligación solidaria de la Cámara responsable
3.6.11. 3.6.11 Cambio de régimen de importaciones al amparo de cuadernos ATA
3.6.12. 3.6.12. Sanciones en el uso de cuadernos ATA
3.7.1. 3.7.1. Despacho de mercancías por vía postal
3.7.2. 3.7.2. Importaciones con pedimento simplificado
3.7.3. 3.7.3. Despacho de mercancía por empresas de mensajería
3.7.4. 3.7.4. Tasas globales aplicables en operaciones efectuadas por empresas de mensajería
3.7.5. 3.7.5. Juntas técnicas de clasificación arancelaría
3.7.6. 3.7.6. Facilidad en el PAMA cuando existe omisión en el pago de contribuciones
3.7.7. 3.7.7. Alcance del certificado zoosanitario
3.7.8. 3.7.8. Obtención de GLOSA aduanera
3.7.9. 3.7.9. Acreditación de la legal estancia en mercancía importada temporalmente que fue modificada
3.7.10. 3.7.10. Comprobación de la posesión y legal estancia de bienes pignorados
3.7.11. 3.7.11. Comprobación de la legal estancia en territorio nacional de vehículos
3.7.12. 3.7.12. Definición de servicio de ruta para la autoridad
3.7.13. 3.7.13. Cómputo de días para alegatos
3.7.14. 3.7.14. Sustitución de embargos precautorios de mercancías
3.7.15. 3.7.15. Destino de productos perecederos por embargo precautorio
3.7.16. 3.7.16. Aplicación de sanción cuando no arriben en tiempo las mercancías a la aduana de destino
3.7.17. 3.7.17. Omisión de declaración de cantidades en efectivo
3.7.18. 3.7.18. Acta de inicio de PAMA por irregularidades en recintos fiscales
3.7.19. 3.7.19. Sustitución de embargos por cuentas aduaneras de garantía
3.7.20. 3.7.20. Retención y multa por falta de etiquetado (Anexo 26)
3.7.21. 3.7.21. Atenuantes en infracciones mayores
3.7.22. 3.7.22. Procedimiento de comprobación en recinto fiscalizado estratégico
3.7.23. 3.7.23. Aplicación retroactiva de la Regla 8a.
3.7.24. 3.7.24. Presentación de recursos de revocación
3.7.25. 3.7.25. Exención de la multa por datos inexactos (Anexo 19)
3.7.26. 3.7.26. Rectificación de pedimentos consolidados
3.7.27. 3.7.27. Autorización a empresas transportistas para consolidar carga de exportación
3.7.28. 3.7.28. Despacho conjunto
3.7.29. 3.7.29. Depositario de mercancía embargada
3.7.30. 3.7.30. Descuento del 50% de multas por datos inexactos
3.7.31. 3.7.31. Rectificación de pedimentos de empresas con revisión en origen
3.7.33. 3.7.32. Cumplimiento con las regulaciones y restricciones no arancelarias omitidas
3.7.34. 3.7.33. Importación y exportación de hidrocarburos (Anexo 14)
3.8.1. 3.8.1. Tipos y requisitos de empresas certificadas
3.8.2. 3.8.2. Notificación de cambios fiscales de empresas certificadas
3.8.3. 3.8.3. Renovación en el registro de empresas certificadas
3.8.4. 3.8.4. Procedimiento en fusión de empresas certificadas
3.8.5. 3.8.5. Cancelación del registro de empresa certificadas
3.8.6. 3.8.6. Empresas autorizadas para emitir dictamen
3.8.7. 3.8.7. Beneficios generales de las empresas certificadas
3.8.8. 3.8.8. Beneficios de certificadas de empresas con programa IMMEX
3.8.9. 3.8.9. Beneficios generales para el operador económico autorizados
3.8.10. 3.8.10. Beneficios para empresas con programa IMMEX controladoras operadores económicos autorizados
3.8.11. 3.8.11. Beneficios para empresas con programa IMMEX del sector aeronáutico
3.8.12. 3.8.12. Facilidades para operadores económicos autorizados
3.8.13. 3.8.13. Beneficios para empresas con programa IMMEX fronterizas
3.8.14. 3.8.14. Inscripción en el registro de socio comercial certificado
3.8.15. 3.8.15. Beneficios para el socio comercial certificado de autotransporte
3.8.16. 3.8.16. Cancelación del registro del socio comercial certificado
3.8.17. 3.8.17. Beneficios de transportistas registrados como socios comerciales certificados
3.8.18. 3.8.18. Beneficios de agentes aduanales registrados como socios comerciales certificados
4.1.1. 4.1.1. Exportación sin pedimento de mercancías para mantenimiento de medios de transporte
4.1.2. 4.1.2. Exportación consolidada por varios agentes aduanales en Cd. Hidalgo
4.1.3. 4.1.3. Draw back para exportaciones definitivas
4.2.1. 4.2.1. Importación temporal, artículo 106, fracción I de la Ley
4.2.2. 4.2.2. Importación temporal del artículo 106, fracción II, inciso a), de la Ley
4.2.3. 4.2.3. Muestras en importación temporal
4.2.4. 4.2.4. Importación temporal mercancías de visitantes (vehículos)
4.2.5. 4.2.5. Importación temporal de embarcaciones de recreo y deportivas
4.2.6. 4.2.6. Importación temporal de casas rodantes
4.2.7. 4.2.7. Importación temporal de vehículos de visitantes y paisanos
4.2.8. 4.2.8. Autorizaciones, prórroga y normatividad para temporales del artículo 106, fracción III, de la Ley
4.2.9. 4.2.9. Importación temporal de vehículos especiales y menajes de ministros, artículo 106, fracción IV, de la Ley
4.2.10. 4.2.10. Trámites generales de navieras para importación temporal (embarcaciones)
4.2.11. 4.2.11. Importación temporal de embarcaciones referidas en el artículo 106, fracción V, inciso c), de la Ley (plataformas y similares)
4.2.12. 4.2.12. Importación temporal de bienes para mantenimiento y reparación del artículo 106 de la Ley
4.2.13. 4.2.13. Requisitos para importación temporal de contenedores
4.2.14. 4.2.14. Lista de intercambio de ferrocarril
4.2.15. 4.2.15. Importaciones temporales por las que no sea necesario utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal
4.2.16. 4.2.16. Destino de bienes accidentados importados temporalmente
4.2.17. 4.2.17. Destrucción de mercancías dañadas
4.2.18. 4.2.18. Retorno o destrucción de contenedores o carros de ferrocarril importados temporalmente
4.2.19. 4.2.19. Aviso sobre accidentes conforme al artículo 94 de la Ley
4.2.20. 4.2.20. Retorno de vehículos extranjeros cuyo permiso de importación temporal de vehículos ha vencido
4.3.2. 4.3.1. Información mínima del control de inventarios (Anexo 24)
4.3.3. 4.3.2. Importación temporal de envases y embalajes
4.3.4. 4.3.3. Obligaciones para destrucción de desperdicios
4.3.5. 4.3.4. Traslado de empresas con programa IMMEX a submanufactureros
4.3.6. 4.3.5. Aviso mensual por submaquila
4.3.8. 4.3.6. Autorización para empresas con programa IMMEX cancelado
4.3.10. 4.3.7. Exportación indirecta de azúcar
4.3.11. 4.3.8. Rectificación de claves para empresas con programa IMMEX
4.3.12. 4.3.9. Constancias de transferencia
4.3.13. 4.3.10. Reexpedición de autopartes a la industria automotriz
4.3.14. 4.3.11. Aplicación constancia de transferencia
4.3.15. 4.3.12. Ajuste anual de inventarios de autopartes
4.3.16. 4.3.13. Draw-back para transferencias de autopartes
4.3.17. 4.3.14. Registros y reportes de la industria de autopartes
4.3.18. 4.3.15. Expedición de constancias de transferencias de mercancías
4.3.19. 4.3.16. Rectificación de las constancias de transferencia de mercancías
4.3.20. 4.3.17. Registros y reportes de la industria automotriz o manufacturera de vehículos
4.3.21. 4.3.18. Retorno de material de empaque por empresas con programa IMMEX
4.3.22 4.3.19. Procedimiento para la transferencia de mercancías temporales
4.3.23. 4.3.20. Beneficios para las empresas certificadas en IVA e IEPS
4.4.1. 4.4.1. Cambio de régimen de exportación temporal
4.4.2. 4.4.2. Exportación temporal de locomotoras
4.4.3. 4.4.3. Prórroga para la exportación temporal
4.4.4. 4.4.4. Exportación temporal de ganado y mercancías de investigación
4.4.5. 4.4.5. Exportación temporal de bienes fungibles (Anexo 12)
4.4.6. 4.4.6. Retornos de reparaciones del TLCAN,TLC, TLCCH, TLCU, TLCP y AICP
4.5.1. 4.5.1. Autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o colocar marbetes o precintos
4.5.2. 4.5.2. Exclusión de instalaciones de la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal
4.5.3. 4.5.3. Obligación de contar con un registro permanente y simultáneo de ingreso y salida de mercancías a los almacenes generales de depósito
4.5.4. 4.5.4. Definiciones específicas para depósito fiscal
4.5.5. 4.5.5. Actualización en depósito fiscal
4.5.6. 4.5.6. Responsabilidad solidaria de los almacenes generales de depósito
4.5.7. 4.5.7. Rectificación de carta cupo
4.5.8. 4.5.8. Identificación de mercancías de depósito fiscal
4.5.9. 4.5.9. Mercancías no susceptibles de depósito fiscal
4.5.10. 4.5.10. Remate en depósito fiscal
4.5.11. 4.5.11. Donación de mercancías en depósito fiscal al fisco federal
4.5.13. 4.5.12. Retorno al extranjero de mercancías en depósito fiscal
4.5.14. 4.5.13. Traslados y traspasos en depósito fiscal
4.5.15. 4.5.14. Avisos para la transferencia y traspaso en depósito fiscal
4.5.16. 4.5.15. Aviso electrónico para destrucción o donación en depósito fiscal
4.5.17. 4.5.16. Limitación al desistimiento de depósito fiscal
4.5.18. 4.5.17. Autorización de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías nacionales y extranjeras libres de impuestos
4.5.19. 4.5.18. Obligaciones de las empresas autorizadas como depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías nacionales y extranjeras libres de impuestos
4.5.20. 4.5.19. Procedimiento para la introducción de mercancías a Duty free
4.5.21. 4.5.20. Pedimento por la extracción de Duty free
4.5.22. 4.5.21. Transferencia de mercancías en Duty free
4.5.23. 4.5.22. Destrucción de mercancías de Duty free
4.5.24. 4.5.23. Desistimiento en Duty free
4.5.25. 4.5.24. Pago de contribuciones por robos en Duty free
4.5.26. 4.5.25. Venta de Duty free a misiones diplomáticas
4.5.27. 4.5.26. Importación de muestras a Duty free y mercancía prohibida
4.5.28. 4.5.27. Artículos promocionales para Duty free
4.5.29. 4.5.28. Traslados entre exposiciones internacionales
4.5.30. 4.5.29. Autorización de depósito fiscal para exposiciones internacionales
4.5.31. 4.5.30. Autorización de depósito fiscal para la industria automotriz
4.5.32. 4.5.31. Beneficios para la industria automotriz
4.5.33. 4.5.32. Obligaciones de las empresas de la industria automotriz terminal con autorización para depósito fiscal
4.6.1. 4.6.1. Tránsitos internos entre aduanas y secciones autorizadas
4.6.2. 4.6.2. Tránsito interno entre aduanas y secciones de Baja California
4.6.3. 4.6.3. Tránsito interno por ferrocarril entre Guaymas y Nogales
4.6.4. 4.6.4. Consolidación para tránsito interno a la exportación
4.6.5. 4.6.5. Presentación de la impresión del aviso consolidado en tránsito interno para retorno de empresas con programa IMMEX
4.6.6. 4.6.6. Definición de bienes de consumo final
4.6.7. 4.6.7. Procedimiento para el tránsito por ferrocarril
  4.6.8. Transmisión de documentación por parte de las empresas concesionarias de transporte ferroviario que realicen traslado de mercancías destinadas al régimen de tránsito
4.6.8. 4.6.9. Procedimiento para tránsito interno a la importación y uso de pedimento Parte II
4.6.9. 4.6.10. Registro de empresas transportistas de mercancías en tránsito
4.6.11. 4.6.11. Plazos máximos para el tránsito interno (Anexo 15)
4.6.10. 4.6.12. Lineamientos para empresas transportistas registradas
4.6.12. 4.6.13. Obligaciones del agente aduanal en tránsitos internacionales (Anexo 16)
4.6.13. 4.6.14. Tránsito internacional no permitido (Anexo 17)
4.6.14. 4.6.15. Tránsito internacional de gas natural por ductos
4.6.15. 4.6.16. Tránsitos desde Ensenada o Guaymas a EUA (Anexo 11)
4.6.16. 4.6.17. Tránsitos en corredores multimodales
4.6.17. 4.6.18. Tránsito internacional Veracruz-D.F. para mercancías de comisariato de aerolíneas
4.6.18. 4.6.19. Tránsitos internos en franja o región fronteriza
4.6.19. 4.6.20. Rectificación del pedimento en tránsito
4.6.20. 4.6.21. Consolidación y des consolidación en transporte ferroviario
4.6.21. 4.6.22. Tránsitos internacionales permitidos (Anexo 17)
4.7.1. 4.7.1. Empresas autorizadas y procedimiento para TER en recinto fiscalizado
4.8.1. 4.8.1. Autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico
4.8.2. 4.8.2. Plazos de permanencia de la mercancía en el recinto fiscalizado estratégico
4.8.3. 4.8.3. Control de inventarios en el régimen de recinto fiscalizado estratégico
4.8.4. 4.8.4. Procedimiento para introducción de bienes al régimen de recinto fiscalizado estratégico
4.8.5. 4.8.5. Manejo de desperdicios en el recinto fiscalizado estratégico
4.8.6. 4.8.6. Procedimiento para la extracción de bienes del recinto fiscalizado estratégico
4.8.7. 4.8.7. Transferencias y traslados de mercancía en el recinto fiscalizado estratégico
4.8.8. 4.8.8. Compra de bienes en recinto fiscalizado estratégico consolidados como gasto en la LISR
4.8.9. 4.8.9. Opción de las empresas con programa IMMEX de considerar la mercancía introducida al régimen del recinto fiscalizado estratégico
4.8.10. 4.8.10. Traslado de mercancías en recinto fiscalizado estratégico para reparación
4.8.11. 4.8.11. Opción para destinar mercancías en depósito fiscal ante la aduana al régimen de recinto fiscalizado estratégico
5.1.1. 5.1.1. DTA y casos en los que no se está obligado a su pago
5.1.5. 5.1.2. Casos en los que no se está obligado al pago del DTA
5.1.2. 5.1.3. Pago del DTA en reexpediciones de mercancía
5.1.3. 5.1.4. Exención del DTA en algunos Tratados de Libre Comercio
5.1.4. 5.1.5. Cuota fija del DTA para Tratado de Libre Comercio específico
5.2.1. 5.2.1. Definición de régimen similar para efectos del artículo 9 de la LIVA
5.2.7. 5.2.2. Aplicación de IVA en retornos de exportación
5.2.12. 5.2.3. Retención del IVA en arrendamiento a extranjeros
5.2.8. 5.2.4. Exención de IVA en importación de mercancía donada
5.2.11. 5.2.5. Consulta sobre exención del IVA a la importación (Anexo 27)
5.2.2. 5.2.6. Enajenación de mercancías que se consideran exportadas
5.2.3. 5.2.7. Enajenación o transferencia de mercancías que se consideran exportadas (tasas 0% del IVA)
5.2.4. 5.2.8. Requisitos de las facturas o notas de remisión en exportaciones indirectas
5.2.6. 5.2.9. Desistimiento de las exportaciones indirectas
5.2.9. 5.2.10. Aplicación de tasa 0% de IVA en operaciones de submaquila
5.2.10. 5.2.11. Exportaciones indirectas para el régimen previsto en el artículo 135 de la Ley
5.2.13. 5.2.12. Certificado en materia de IVA e IEPS
5.2.14. 5.2.13. Beneficios de certificación en materia de IVA e IEPS
5.2.15. 5.2.14. Renovación de certificación en materia de IVA e IEPS
5.2.16. 5.2.15. Obligaciones para certificación en materia de IVA e IEPS
5.2.17. 5.2.16. Cancelación de certificación en materia de IVA e IEPS
5.2.18. 5.2.17. Certificación en materia de IVA e IEPS con requisitos grupales
5.2.19. 5.2.18. Modalidad asignada para certificación en materia de IVA e IEPS
5.2.20. 5.2.19. Requisitos adicionales para la certificación AA y AAA
5.2.21. 5.2.20. Requerimiento de información y documentación para cumplimentar el trámite de la certificación IVA e IEPS
5.2.22. 5.2.21. Garantías para el pago del IVA e IEPS en importaciones de empresas con programa IMMEX e industria automotriz
5.2.23. 5.2.22. Procedimiento para ofrecer garantías para el no pago del IVA e IEPS
5.2.24. 5.2.23 Obligaciones de las empresas que garanticen el IVA e IEPS
5.2.25. 5.2.24. Renovación de las garantías
5.2.26. 5.2.25. Variación de los valores de las garantías IVA e IEPS
5.2.27. 5.2.26. Precisiones sobre la exigibilidad de las garantías
5.2.28. 5.2.27. Garantías para bienes de capital
5.2.29. 5.2.28. Procedimiento para la utilización de garantías IVA e IEPS ante fusiones o escisiones
5.2.30. 5.2.29. Actualización de información
5.2.31. 5.2.30. Cancelación de la garantía IVA e IEPS
5.2.32. 5.2.31. Derecho de audiencia ante la cancelación de la certificación en materia de IVA e IEPS
5.3.1. 5.3.1. Colocación de marbetes en depósito fiscal
5.3.2. 5.3.2. Marbetes extraviados, destruidos o deteriorados
5.4.1. 5.4.1. Aplicación del ISAN en importaciones
5.5.1. 5.5.1. Deducción de mermas, desperdicios y refacciones
6.1.1. 6.1.1. Rectificación de pedimentos en cualquier campo
6.1.2. 6.1.2. Rectificación de la unidad de medida sin requerir autorización
6.1.3. 6.1.3. Rectificación de pedimentos en el RFC
6.2.1. 6.2.1. Pago anual por contribuciones aduanales pendientes
6.2.2. 6.2.2. Ajuste al valor comercial de las mercancías en exportación
6.2.3. 6.2.3. Acuerdo conclusivo en PAMA
6.2.4. 6.2.4. Aclaración sobre disminución de multas

Reglas eliminadas: 1.4.10., 1.4.11. 1.4.14. y 5.2.5.