Durante el periodo vacacional de semana santa –comprendido del 11 de marzo al 11 de abril de 2016–, los mexicanos procedentes del extranjero pueden introducir al país, adicionalmente a los bienes que integran su equipaje, hasta 500 dólares de mercancía sin pagar impuestos, cuando su arribo sea terrestre.
Para acreditar el valor de los bienes objeto de la franquicia tienen que presentar la factura, el comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese su valor comercial.
"En caso de que el valor de la mercancía supere la franquicia, el excedente se puede pagar con tarjeta de crédito o débito; además, la franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan en el mismo medio de transporte, excepto si son residentes de la franja o región fronteriza", precisó el SAT en un comunicado.
Asimismo, indicó que otra de las disposiciones que continúan operando en el periodo es la facilidad para introducir a territorio nacional mercancías diversas sin el pago de impuestos, tales como libros, cámaras y mascotas.
Una vez que concluya dicho lapso, la franquicia será de 300 dólares (regla 3.2.3., Reglas Generales de Comercio Exterior 2016, y Programa Paísano).