Inscripción al padrón de importadores

Realiza tú mismo este trámite y lleva a cabo tus operaciones directamente

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Las personas que importen mercancías deben estar inscritas en el padrón de importadores general, y en su caso, en el sectorial que están a cargo del SAT

Estos registros son competencia de la Administración Central de Operación de Padrones (ACOP) de la Administración General de Servicios al Contribuyente del SAT, autoridad también responsable de la actualización, modificación, cancelación, suspensión o de dejar sin efectos dichos registros.

La solicitud de la inscripción al padrón de importadores (formato electrónico) se gestiona en el portal del SAT, caso en que es indispensable contar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) o contraseña (contraseña, llave privada (*.key) y el certificado (*.cer); y la clave  asignada a cada RFC para cumplimiento de obligaciones fiscales.

Además se requiere contar con la información del agente aduanal (patente y nombre) a quien se le otorga el encargo conferido, pues simultáneamente se pueden dar de alta ambos padrones.

En el tema “Padrones de importadores: Guía para su gestión” podrás consultar los requisitos específicos a cumplir por los contribuyentes que deseen inscribirse en estos padrones, así como los pasos a seguir para llevar a cabo el registro en forma electrónica.