Qué es un Recinto Fiscalizado Estratégico

Cualquier persona moral puede operar como tal, previo cumplimiento ciertos requisitos

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Los Recintos Fiscalizados Estratégicos (RFE) tienen su antecedente en las zonas francas. Son inmuebles situados en la circunscripción de cualquier aduana.

El régimen que los regula es un modelo de excepción aduanera, en el que se permite introducir mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas en un área delimitada, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación bajo ciertos beneficios.

Todo RFE necesita de una autorización expresa para operar, y una vez habilitado el inmueble de que se trate, lo procedente es que un tercero llamado “operador” obtenga la autorización para destinar mercancías al régimen aduanero de dicho recinto.

No olvides que las personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas pueden solicitar la habilitación de un RFE, pero el operador del régimen aduanero de dicho recinto es quien tiene derecho al uso o goce del inmueble ubicado en el RFE, o bien, quien goce de la autorización o concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.  

De ahí que el licenciado Francisco Gómez Víquez, Socio junior del Área de Comercio Exterior,Goodrich Riquelme y Asociados, en el tema “Recintos Fiscalizados Estratégicos” aborde los aspectos generales de su origen, los requisitos a cubrir para obtener la autorización de su habilitación; las actividades que pueden llevarse a cabo dentro de estos; y los beneficios fiscales, aduaneros y operativos que se contienen.