Los titulares de los programas IMMEX, Prosec, Ecex o Altex que hayan presentado el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2015 deben conservar como parte de su contabilidad, la impresión del mismo y la copia del acuse de recibo generado por la Ventanilla Digital por un plazo de cinco años.
Esto a fin de realizar cualquier aclaración sobre su presentación, si les son requeridos en una revisión de las autoridades en el marco de sus facultades de comprobación (arts. 30, CFF; 24, fracc. I, 25 y cuarto transitorio, Decreto IMMEX; regla 3.1.3., del Acuerdo por el que la SE emite las Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, y formato oficial).
Por otra parte, no existe una obligación de entregar copias de esos comprobantes a las autoridades hacendarias para acreditar su observancia. En su caso será la Secretaría de Economía quien le avisará al SAT sobre los contribuyentes incumplidos.