No pagues DTA en rectificaciones: TLC

Si importaste mercancía originarias de tratados comerciales y debes rectificar el pedimento, checa con cuáles países no pagas DTA

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Por Irene Vega

Importar mercancías originarias de los países con los que México tiene sucritos tratados de libre comercio y acuerdos comerciales tiene una ventaja financiera: gozar de la preferencia arancelaria que otorgan.

Si por esos bienes tuvieras la necesidad de rectificar el pedimento porque declaraste información incorrecta, toma en cuenta que no pagarás el derecho de trámite aduanero, si la procedencia y origen de los bienes es de los Estados Unidos de América, Canadá, Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Colombia y Bolivia.

Este beneficio corresponderá cuando se cuente con el certificado de origen, válido y vigente, emitido de conformidad con el tratado de que se trate, que ampare el origen de las mercancías al momento de presentar el pedimento para el despacho de las mismas; siempre y cuanso se cumplan con las obligaciones y los requisitos previstos en dichos intrumentos internacionales (regla 5.1.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016).