La Secretaría de Economía (SE) concluyó los exámenes de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de los siguientes bienes, con independencia de su país de procedencia, incluso si ingresan por cualquier otra fracción arancelaria:
- aceite epoxidado de soya originario de los Estados Unidos de América que ingresan por la fracción arancelaria 1518.00.02
Por éste se seguirá pagando la cuota compensatoria definitiva de 62.45 %, por cinco años más contados a partir del 30 de julio de 2015, y
- gatos hidráulicos tipo botella originarios de China que ingresan por la fracción arancelaria 8425.42.02. Por ellos ya no pagará la cuota compensatoria de 18 dólares por pieza
La SE tomó la decisión con base en el análisis y los resultados de la investigación que determinaron si laeliminación de esas cuotas darían lugar a la repetición de lasprácticas desleales.