Los titulares de los programas IMMEX tienen hasta el 31 de agosto de 2016 para presentar extemporáneamente el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2015, a quienes no lo hagan la Secretaría de Economía les cancelará definitivamente éste.
Esas compañías ya no podrán hacer uso de los beneficios del programa y deberán cambiar de régimen o retornar al extranjero los bienes y activos fijos importados temporalmente, en un plazo de 60 días naturales siguientes a la fecha de la notificación de la cancelación del IMMEX.
De necesitar más tiempo, podrán obtener por una única vez una prórroga de hasta 180 días naturales.
Para ello presentarán, antes del vencimiento de los 60 días, la solicitud en escrito libre ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.
Dichas mercancías no podrán ser objeto de transferencia.
Durante septiembre la SE dará a conocer en el DOF el nombre del titular y número de programa cancelado.