Programa IMMEX cancelado a contribuyentes incumplidos

Si omitiste tu reporte anual de operaciones de comercio exterior 2015, podrías estar en la lista de los programas cancelados, ¡revísala!

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Por Irene Vega

Recuerda que si eres contribuyente IMMEX Tuviste hasta el 31 de agosto de este año para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2015, por Ventanilla Digital, incluso para corregir las irregularidades fiscales, relacionadas con: el Certificado de Firma Electrónica Avanzada –hoy e.firma–; el RFC, domicilios fiscales y en donde realizas las operaciones IMMEX.

Desafortunadamente si tu incumplimiento motivó la cancelación de tu programa ya no podrás beneficiarte del mismo; por lo que si estás en esta lista publicada en el DOF, debes cambiar de régimen o retornar al extranjero los insumos, las partes, los componentes y los activos fijos importados temporalmente. Para tal efecto tienes un plazo de 60 días naturales siguientes a la fecha de la notificación de la cancelación del IMMEX.

En caso de que tengas un inventario extenso de estos bienes y el lapso no te fuera suficiente, puedes obtener, por única vez, una prórroga de hasta 180 días naturales.

Si estás interesado en la prórroga, presenta antes del vencimiento del primero; la solicitud en escrito libre ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior de la AGACE.

Asimismo, recuerda que no puedes: transferir esas mercancías, enajenarlas, o recibirlas de un proveedor nacional, cuando este tenga la instrucción de un residente en el extranjero a quien se las haya vendido, de entregártelas en territorio nacional.