Elementos anexos a manifestación de valor, hasta 2017

Las reformas a las reglas prevén nuevas obligaciones, no solo para los contribuyentes, también para la autoridad

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Por Irene Vega

Importador, el SAT publicó este 19 de octubre la Segunda Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2016, y aunque no lo creas, contempla, entre otros temas, el de las obligaciones y será de tu agrado, toma en cuenta porqué te lo decimos.

Será hasta el 17 de octubre de 2017, cuando debas presentar los elementos anexos a la manifestación de valor, en cumplimiento del artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera.

Con la prórroga contarás con más tiempo para organizar y solicitar en tiempo la documentación y los comprobantes que ayuden a determinar el valor en aduana de la mercancía a importar, y que entregarás al agente aduanal el año entrante; esto si es que no se dispone lo contrario; pues recuerda que esta observancia se ha estado postergando desde el 20 de junio de 2015.

La autoridad aduanera también tendrá que acatar deberes, pero en tu beneficio, porque solo para tu conocimiento, a partir de este 20 de octubre, tiene que notificarte los actos siguientes relativos a las mercancías objeto de verificación de origen, en términos del artículo 134 del CFF, sobre:

  • el inicio del procedimiento de verificación a los productores o exportadores de que se trate, para negar trato arancelario preferencial, y
  • la resolución que determine el origen de las mismas y el trato arancelario preferencial a esos bienes