Por Irene Vega
Las Secretarías de Economía (SE) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicaron en el DOF durante el último bimestre de 2016 diversos ordenamientos que debes tomar en cuenta para evitar contratiempos ante las autoridades aduaneras, y también en su caso, para beneficiarte. A continuación el recuento, si:
- exportas mercancías con clave de pedimento A1, será en marzo de 2017 cuando obligatoriamente tengas que incorporar los complementos de comercio exterior en los CFDI´s
- realizas operaciones de comercio exterior con clientes y proveedores italianos, recuerda que las autoridades aduaneras mexicanas e italianas ya pueden intercambiar información sobre la autenticidad y veracidad de la contenida en la declaración aduanera y la documentación presentada por el exportador e importador de la mercancía
- exportas mineral de hierro, seguirás tramitando el permiso previo de exportación ante la SE, esto por haberse extendido la regulación no arancelaria hasta el 31 de diciembre de 2019
- eres residente en franja o región fronteriza, continuarás aplicando hasta el 31 de diciembre de 2019 los beneficios arancelarios que te otorga el Decreto fronterizo
- vives en Sonora, hasta el 31 de diciembre de 2017 podrás seguir internando e importando temporalmente vehículos sin otorgar de fianza o depósito, siempre que transites exclusivamente en esa entidad, y
- estás interesado en adquirir autos usados de procedencia extranjera, podrás hacerlo al amparo del Decreto por el que se regula su importación definitiva, ya que su vigencia se postergó hasta el 31 de diciembre de 2017