TLCAN: opciones de comercio para empresas

Proponen inflación como mecanismo para actualizar contribuciones al comercio exterior

Durante el último trimestre de 2016, los operadores del comercio exterior experimentaron incertidumbre y confusión sobre el panorama comercial que imperaría en México por los resultados de las elecciones presidenciales en los Estados Unidos de América (EUA).

Pues bien, a escasos días de que el nuevo mandatario estadounidense tome funciones (20 de enero), y aun cuando no se sabe exactamente cuál será su política comercial a seguir, diversos tratadistas internacionales y especialistas en esta materia comparten con IDC sus opiniones sobre varias hipótesis sobre los aspectos fiscales, económicos y financieros que deben regir en apego a las disposiciones domésticas y externas en el supuesto de que esa nación rompa relaciones comerciales con nuestro país.

El Maestro Jaramillo es Director de la División de Negocios y Relaciones Internacionales de la Universidad de las Américas, consultor en materia aduanera y de comercio exterior, y catedrático de diversas instituciones universitarias, vierte algunos comentarios referentes a las preguntas planteadas.

El depósito fiscal, ¿seguirá siendo una opción viable para ingresar mercancías de procedencia extranjera?

El tratamiento de este régimen aduanero, que por razones jurídicas y fiscales es sui generis, tiene que abarcar aspectos legales, logísticos y económicos.

En la vertiente legal seguirá siendo una alternativa para ingresar mercancías importadas, toda vez que el artículo 119 de la Ley Aduanera (LA) estará vigente, con independencia de la continuidad o no del TLCAN.

A partir de la óptica logística, es viable, ya que tal régimen permite, por ejemplo, la colocación de signos de identificación comercial o empaquetado, durante su utilización.

Sin embargo, lo más relevante es el tema económico, ante lo que puede decirse que por razones que se explican en la respuesta a la siguiente pregunta, y atendiendo al artículo 120 de la LA, se deberá escoger siempre la alternativa de la inflación como mecanismo para actualizar contribuciones al comercio exterior, en el momento de elegir el mencionado régimen, desechando de plano la alternativa de la variación cambiaria del peso frente al dólar de los EUA.

El tipo de cambio juega un papel importante, ¿qué es lo que los importadores tendrían que hacer para evitar que las fluctuaciones cambiarias les afecten?

Como sabemos, el peso ha caído en los últimos meses en una profunda depreciación en relación con el dólar de los EUA, lo cual se agravó al conocerse los resultados del proceso electoral en ese país.

Son muy variadas las causas de tal situación, entre las que destacan, la baja en los precios del petróleo, el aumento a las tasas de interés operado por la Reserva Federal de los EUA (lo que indica un crecimiento del PIB y del empleo en esa nación), y la disminución de los precios en algunas de las materias primas que más se intercambian a nivel global, aunado a eventos de corte político.

En realidad la economía mexicana se había mantenido muy estable en este rubro en los últimos sexenios, pero en este periodo gubernamental, y en este año en particular la depreciación de nuestra moneda en relación con el dólar ha superado el 35 %.

Ante este panorama, que probablemente se pondrá más difícil, es imposible evitar que dichas fluctuaciones afecten a las empresas que solo importan; empero, pueden intentarse algunas medidas, como: optar por coberturas cambiarias, modificar cotizaciones internacionales en cuanto a tiempo de solicitud y pago, origen de las mercancías y cantidad a adquirir.

Si EUA denuncia el TLCAN y no ingresa al TPP, ¿México podrá seguir realizando operaciones comerciales, y cuál sería el escenario para los exportadores mexicanos?

En este momento lo que se sabe (la información en este asunto cambiará cada instante), es que EUA no ratificará el TPP, como se había estructurado en las negociaciones de los últimos años (recordar que este acuerdo ya existe desde 2006 entre cuatro países), lo que implica que dicho tratado comercial difícilmente entrará en vigor con los nuevos miembros (ocho), pues una de sus disposiciones señala que para ello debe estar ratificado por tantos países como representen el 80 % del PIB de los potenciales socios, y sin la participación de la economía estadounidense no se puede alcanzar ese porcentaje. Lo anterior no parece ser tan grave para México, toda vez que antes de los eventos electorales de los EUA, se había estimado que el TPP implicaría para México solo un 5 % de incremento en sus ventas, contra un 30 % de Vietnam y un 22 % de Japón, por ejemplo, durante el proceso de maduración del instrumento comercial citado.

Ahora bien, si los EUA denuncian el TLCAN, México continuará realizando operaciones comerciales con el resto del mundo, y posiblemente, con una carga fiscal en su proceso de exportación al ingresar a las aduanas estadounidenses (asunto que se explica en la respuesta a la siguiente pregunta). Lo que habría que evaluar, (de continuar la depreciación del peso frente al dólar, se estima que en el 2017, la paridad rondará los 22 pesos) en función de cada sector productivo, y de la manera en que ajusten sus precios, sería el impacto de un posible incremento arancelario en las aduanas de los EUA contra la disminución del costo para los importadores norteamericanos, ya que en este contexto las exportaciones mexicanas se abaratan; esto es, desde una perspectiva general puede decirse que lo que antes pagaba el comprador estadounidense a su cliente en México, ahora lo pagará como impuesto a su gobierno.

En el caso de que EUA denuncie el TLCAN ¿qué pasaría con las operaciones iniciadas al amparo del tratado, habría obstáculos para concluirlas?

Como es conocido, el artículo 2205 del tratado indica que una parte podrá denunciar el instrumento comercial seis meses después de notificar por escrito a las otras partes su voluntad de hacerlo.

Lo anterior implica, de realizarse tal notificación como se ha especulado, que el TLCAN dejaría de tener vigencia alrededor del 21 de julio del 2017.

Por lo tanto, se contempla que después de esa fecha, la ley de implementación del TLCAN en los EUA, conocida como Ley Omnibus (el TLCAN no tiene naturaleza jurídica de tratado de acuerdo a la legislación de aquel país), comenzaría a exigir la aplicación de aranceles a las importaciones de origen mexicano.

Se ha dicho que rondaría el 35 %, pero eso se definiría en tales meses y sería según el tipo de bien, ya que tendría que modificarse la Tsus, que según al artículo 1 sección VIII de la Constitución de los EUA, corresponde como facultad expresa al Congreso, que, aunque de mayoría republicana, como el presidente electo, también reconoce, a través del cabildeo los intereses de las corporaciones estadounidenses.

Así las cosas, el TLCAN podría quedar vigente entre Canadá y México, al tiempo que se negociarían Acuerdos Bilaterales entre nuestro país y los EUA, habida cuenta de que el Congreso dotará al presidente electo del TPA, que es la autoridad que tiene para celebrar compromisos comerciales internacionales.

Cabe mencionar que está dentro de las facultades del presidente norteamericano, imponer aranceles de emergencia, lo que nuestro país podría, desde luego, impugnar ante la OMC, por carecer de sustento objetivo, claro y cuantificable.

Las facilidades aduaneras y fiscales otorgadas a las empresas de maquila de servicios IMMEX, ¿se verán afectadas?

El decreto IMMEX, vigente desde el 2006, opera dentro de la estructura del régimen jurídico del comercio exterior de México, y no del régimen jurídico del comercio internacional, por lo que seguirá vigente; sin embargo, es lógico que habría una afectación paralela.

Es decir, las operaciones de maquila se realizan en apego al decreto desde la visión legal, pero en la parte empresarial si afectará la implementación de medidas jurídicas en los EUA derivadas de la denuncia del TLCAN, porque la mayoría de esas transacciones son efectuadas entre compañías de ambos países, por lo que la implicación fiscal es evidente en el costo de la negociación.

¿Qué recomendaciones haría a las empresas en particular?

Acorde a lo anotado en párrafos anteriores, y considerando que las posibilidades de denuncia del TLCAN existen, habría que tomar en cuenta lo siguiente:

  • diversificar el intercambio comercial
  • utilizar los mecanismos jurídicos previstos en la OMC
  • considerar que hoy la cadena de valor entre empresas mexicanas y de los EUA está más conectada que nunca, por lo que un desmantelamiento del sistema comercial no será nada fácil
  • participar activamente en cámaras comerciales, industriales y asociaciones para presentar una postura creativa ante el gobierno mexicano y que este la pueda utilizar en sus procesos de negociación, y
  • capacitarse en los procesos de importación y exportación “con otros países”