Por Irene Vega
Como una medida para asegurar el abasto de productos alimenticios básicos y complementarios, a un precio adecuado para la población mexicana, la Secretaría de Economía (SE) estableció un arancel cupo exento para la importación de jitomate, chile fresco y seco, manzana, papa y cebolla, el cual entra en vigor el 21 de enero de 2017.
Si estás interesado en importar dichos productos agroalimentarios, exentos del pago del impuesto general de importación (IGI), deberás solicitar el certificado de cupo correspondiente a la SE.
En el siguiente cuadro podrás identificar por fracción arancelaria los bienes beneficiados, incluso el arancel que se paga actualmente por su introducción al país, sin cupo.
Mercancía | Fracción arancelaria | Arancel a pagar | |
Con cupo | Sin cupo | ||
Papa | 0701.90.99 | Ex. | 75% |
Jitomate | 0702.00.99 | Ex. | 10% |
Cebollas | 0703.10.01 | Ex. | 10% |
Chile bell(fresco) | 0709.60.99 | Ex. | 10% |
Manzanas | 0808.10.01 | Ex. | 20% |
Chile (seco) "ancho" o "anaheim" | 0904.21.01 0904.21.99, 0904.22.01 y 0904.22.99 | Ex. | 20% |