Por Irene Vega
Toma en cuenta que el SAT prorrogó la vigencia de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2016 hasta el 31 de enero, las correspondientes a 2017 y sus Anexos 1-A, 2 y 10 –ya publicados– estarán vigentes a partir del 1o. de febrero este año.
Las RGCE 2017 contemplarán novedades que te impactarán, entre ellas:
Prórroga
Eres importador, a partir del 1o. de junio de 2017, deberás proporcionar los elementos anexos a la Manifestación de Valor; esta obligación debió cumplirse desde octubre de 2016, pero es hasta ahora que se prorroga formalmente.
Obligaciones
Desde el 27 de febrero de 2017, únicamente podrás introducir al país bienes siderúrgicos con padrón de importadores sectorial.
Beneficios
Se ratifican los siguientes, se podrá:
- considerar como plazo de permanencia el de la vigencia del programa IMMEX, por los activos fijos importados temporalmente al 31 de diciembre de 2002 con programa de maquila o PITEX
- presentar ante la aduana para su modulación, los pedimentos de importación, exportación, retorno o tránsito que no hubieran sido modulados en el mecanismo de selección automatizado, cuyas mercancías hubiesen ingresado, salido o arribado. No aplicará cuando las autoridades hubieran ejercido sus facultades de comprobación
- importar definitivamente un vehículo usado, previo cumplimiento de las formalidades señaladas al efecto, por las personas físicas residentes en franja y región fronteriza norte, y
- aceptar como válidos los Cuadernos ATA que no contengan la referencia a México o a la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, como asociación garantizadora de los mismos en el país, siempre que esta última confirme esa calidad con la transmisión de la información al SAT