Mecanismo de selección automatizado con DODA

Consulta cuál es el esquema que sustituye la entrega de documentos aduaneros, el cual se valida electrónicamente.

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 .  (Foto: iStock)

Quienes introduzcan o extraigan mercancías del país destinándolas a un régimen aduanero están obligados a presentarlas con una impresión del pedimento o del aviso consolidado ante la autoridad aduanera y activar el mecanismo de selección automatizado –mecanismo– (arts. 36 y 37-A, fracc. II, Ley Aduanera –LA–).

El artículo 64 del Reglamento de la LA (RLA) señala que se darán por cumplidas esas observancias, cuando la autoridad valide que la información electrónica de la operación se transmitió y se cumplieron las formalidades del despacho (art. 35), sin que se tenga que entregar la impresión de esos documentos o de algún otro para tales efectos.

Esto implica que no se exhibirán para activar el mecanismo, sino que sus datos pueden transmitirse e integrarse electrónicamente al amparo del nuevo esquema DODA. Enseguida le decimos de qué se trata.

Generalidades

El artículo 43 de la LA prevé que elaborado el pedimento y pagadas las contribuciones, incluso las cuotas compensatorias, se presentan los bienes con ese documento o el aviso consolidado, en su caso, ante la autoridad aduanera y se activa el citado mecanismo que determina si debe o no practicarse el reconocimiento de los mismos.

De ser afirmativo, se efectúa ante quien muestra las mercancías en el recinto fiscal.

Si no se detectan irregularidades o el resultado del mecanismo precisa que no debe practicarse, se entregan de inmediato las mercancías.

En cuanto a la activación del mecanismo, la regla 3.1.32. de las ReglasGenerales de Comercio Exterior –RGCE– 2016, prevé que se podrá realizar con el documento electrónico denominado “Documento de operación para despacho aduanero (DODA)” en sustitución de las impresiones del pedimento y aviso consolidado; en la medida en que se habiliten paulatinamente los sistemas informáticos en cada aduana del país (regla vigente a partir del 19 de diciembre del citado año).

Aunado a lo anterior, se permite a los representantes legales, y al agente o apoderado aduanal, presentar electrónicamente la impresión del pedimento, ya sea en su forma simplificada, parte II o copia simple; o el aviso consolidado, conforme a dicha regla (art. décimo noveno, RGCE 2016,, del 27 de enero de 2016).

Aduanas

Desde el 19 de diciembre del año pasado, el SAT tiene habilitados los sistemas informáticos en las aduanas de Salina Cruz, Acapulco, Sonoyta, Tuxpan y Torreón; y desde el 9 y 23 de enero de 2017 en las de Dos Bocas, Ciudad del Carmen, La Paz, Naco y Tampico; y Ciudad Miguel Alemán, Mazatlán, Subteniente López, Ojinaga, Coatzacoalcos, Chihuahua, Puerto Palomas, Guanajuato, Guaymas y Cancún, respectivamente.

En cuanto al resto, se tiene programado el siguiente calendario para 2017.

Aduanas Habilitación tecnológica
México (Pantaco), Ciudad Camargo, Agua Prieta, San Luis Río Colorado y Querétaro 20 de febrero
Tecate, Puebla, Aguascalientes, Progreso y Ensenada 6 de marzo
Toluca, Ciudad Acuña, Ciudad Hidalgo, Altamira y Guadalajara 20 de marzo
Lázaro Cárdenas, Monterrey, Veracruz, Matamoros y Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México 3 de abril
Mexicali, Piedras Negras, Colombia, Nogales y Manzanillo 17 de abril
Ciudad Reynosa, Tijuana, Ciudad Juárez y Nuevo Laredo 1o. de mayo

DODA

Formato oficial

Tiene un código de barras bidimensional QR (Quick Response Code), en el que se leen los datos del RFC del emisor y receptor; número de registro de identificación fiscal del extranjero; total (a seis decimales fijos); e identificador único del timbre (UUID) asignado –conocido también como timbre fiscal digital–.

Además, debe contener impresa la cadena original de la operación y las certificaciones electrónicas (no. de serie del certificado de la e-firma y el sello digital) de quien lo elabore y del SAT (Anexo 1, reformado en la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2016, del 25 de octubre de ese año).

Información a transmitir

Para generar el DODA, de acuerdo con las RGCE, el representante legal, agente o apoderado aduanal tiene que transmitir al sistema electrónico los siguientes datos:

  • número de pedimento, tipo de operación, clave de la aduana, sección aduanera de despacho, patente o autorización, según corresponda
  • apuntados en el Apéndice 17 (código de barras, pedimentos, partes II y copia simple, consolidados) del Anexo 22, conforme a la operación de que se trate; entre estos se incluye la clave del agente o apoderado aduanal; clave y número consecutivo de pedimento; RFC; acuse de recibo originado por el validador; cantidad de mercancía en unidades de comercialización; importe total del pedimento pagado (en efectivo o en forma diferente); y del DTA
  • número económico de la caja o contenedor y placas
  • Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT)
  • cantidad de la mercancía en unidad de medida de comercialización, despachada, y
  • indicados por la Administración General de Aduanas (AGA). Acorde con los lineamientos emitidos para tal efecto en la página electrónica www.sat.gob.mx, que son: los datos de la patente, documento, acuse de valor, remesa, cantidad, importes efectuados, el número de identificación único (NIU), o artículo 7.

(El artículo 7 se refiere al campo 12 del apéndice 17 del Anexo 22, en el cual se señala que para operaciones al amparo del artículo séptimo de las RGCE se deberá declarar el valor 7)

Formas de transmitir

De dos maneras:

  • captura de información dentro del sitio de Internet de trámites y servicios al contribuyente, o
  • transmisión de la información a través de servicios web

Incluso mediante un archivo con el formato y requisitos establecidos en los lineamientos emitidos por la AGA.

Tratándose de consolidación de carga la información deberá enviarse en una sola, por lo que el sistema generará un solo formato.

En las operaciones previstas con pedimento parte II, por cada embarque se efectúa una transmisión, por lo que en todos ellos, incluido el transportado en el primer vehículo, furgón o carro tanque, se presentará con el DODA, ante el mecanismo de selección automatizado para su modulación y se sujetará a las disposiciones aplicables a la operación de que se trate (regla 3.1.23., RGCE 2016).

Requisitos

Los interesados en obtener el DODA deben tener su patente o autorización vigente y activa; e-firma o sello digital, y llave privada.

El pedimento debe estar validado y pagado cuando proceda, y contarse con el acuse de valor, en las operaciones con aviso consolidado.

Especificaciones tecnológicas

Resulta necesario que el equipo de cómputo con el que se ejecutará la transmisión del documento electrónico cuente con los requerimientos mínimos siguientes: Windows XP/7 o superior; memoria RAM 4GB o superior; Java 7.1.o superior ; y Adobe Acrobat ReaderXI o superior.

Procedimiento

Para capturar y transmitir el DODA se seguirán los siguientes pasos.

1.- INGRESAR AL PORTAL

Ir a la página de Internet www.sat.gob.mx, en la opción de trámites, o directamente a la dirección electrónica https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/:

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Dar clic en la pestaña “iniciar sesión” y anotar la clave CIEC: usuario y contraseña. La sesión también puede promoverse con la e.firma, esto es, con el certificado (cer), la clave privada (key) y la contraseña de clave privada

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Se despliega la información relativa a los:

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2.- CAPTURAR DATOS GENERALES

  • Seleccionar la aduana, sección aduanera de despacho de la mercancía y el tipo de operación (importación o exportación).

El sistema valida que la patente o autorización tenga el estatus de activo y vigente, y

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En el apartado “pedimento USA” se puede suministrar la informacióndel documento utilizado para la importación o exportación del embarque a los Estados Unidos de América (EUA).

3.-  INGRESAR LOS DATOS DEL PEDIMENTO

La información puede subirse de dos formas:

Masiva

Mediante un archivo de Excel en formato XLS, XLSX o CSV, integrado por nueve campos, y se declara, según el tipo de pedimento de que se trate: la clave de la patente o autorización del que realizará el despacho; el número consecutivo del pedimento y del acuse de valor; la cantidad de mercancía en unidades de medida de comercialización; el importe total del pedimento pagado; el total de las guías de embarque (NIUS) amparadas con la parte II o la remesa del pedimento consolidado, cuando aplique; y para las operaciones al amparo del artículo séptimo de las RGCE se declara “7”, de lo contrario será “cero”

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La estructura de este archivo se muestra enseguida

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Si el archivo seleccionado es correcto se visualiza un mensaje indicando el estatus de la carga como exitosa; sin embargo, cuando contenga datos inexactos, carezca de la estructura especificada, o no corresponda con el formato elegido, se advertirá que existen errores en el archivo y se habilitará la opción errores al cargar Excel, y se abrirá una ventana con una lista detallada de los detectados.

Manualmente

Seleccionar el botón “pedimentos”. Se despliega una ventana en la que se proporcionan sus datos.

Al indicar la patente y el número de documento, en automático se completan algunos cuadros y otros se habilitan para su llenado.

Para finalizar, pulsar el botón “guardar”.

Respecto a los datos ingresados, aparece un mensaje indicando si la captura fue correcta o no

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Cuando aplique, se anotan los datos de los pedimentos o documentos que amparan las mercancías en los EUA; para ello se acciona el botón “pedimento USA”

4.- FIRMAR

Ya conformada la información de los datos generales y pedimentos, en el apartado “pedimentos no integrados DODA” elegir aquellos a anexarse en un DODA y oprimir “Firmar”

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Se habilita una ventana en la que se capturan los datos de la e.firma, se ingresa a la ubicación del certificado (archivo.cer), la clave privada (archivo. Key) y la contraseña de la clave privada

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Al finalizar se debe accionar el botón “enviar”

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Si los datos de la e-firma son acertados, el sistema habilita el botón “generar DODA”, pulsar sobre él

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Se destapa una ventana emergente del explorador de Internet, en la que se puede abrir o guardar el DODA en formato PDF

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Al dar clic se despliega el formato de DODA

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Despacho aduanero

El formato “DODA”, con el código de barras bidimensional QR, se exhibe en la aduana de despacho con las mercancías, y se activa el mecanismo de selección automatizado.

Es de señalar que en aquellos casos en los que no esté habilitado se sigue presentando el formato de “Relación de documentos”, la impresión de los pedimentos (forma simplificada, parte II o copia simple) o del aviso consolidado, según se trate.

Consideraciones finales

Cabe señalar que debido a los bloqueos carreteros que afectaron el traslado de mercancías a principios de año, el SAT permitió que no se generara el DODA en las operaciones de exportación realizadas por las aduanas de Salina Cruz, Acapulco, Sonoyta, Tuxpan y Torreón.

Asimismo es importante tomar en cuenta los siguientes tópicos:

  • revisar que el DODA contenga un código bidimensional QR, la firma electrónica del agente aduanal y el sello digital del SAT
  • los pedimentos no tendrán la leyenda de certificación de la aduana,con el DODA se genera una certificación electrónica en la misma, y
  • en el QR del DODA puede consultar la información de la operación, y ya presentado en la aduana, su certificación electrónica