Por Irene Vega
El Programa "Somos Mexicanos", tiene como objetivo brindar a los connacionales que regresen de los Estados Unidos de América, una atención integral para que lo hagan de forma segura y puedan incorporarse, en el corto plazo, al medio laboral.
Para dichos efectos, por conducto de los módulos de atención se les informará sobre un esquema de auto-empleo y vivienda, canalización a ofertas laborales, vinculación para la educación, asistencia médica, comunicación y reunificación familiar, albergues y traslados.
En cuanto a sus bienes, con independencia de los artículos que forman parte de su equipaje personal, podrán ingresar al país, libres del impuesto general de importación (IGI) los siguientes:
- usados: una aspiradora, una batidora, una cafetera eléctrica, un calentador eléctrico, un estéreo, una estufa, un extractor de jugo, un frigobar, un horno de microondas y uno eléctrico, una lavadora, una lavavajilla, una licuadora, una plancha, una podadora, una pulidora de pisos para uso doméstico, un purificador de aire, un refrigerador, una sandwichera, una secadora de ropa, un tostador y una waflera
- herramientas que utilizaban en su oficio u ocupación, con un valor de hasta 5,000 dólares, y
- diferentes a su equipaje, con un valor de 1,000 dólares adicionales a su franquicia, es acumulable por cada integrante de su familiar, si arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte
Para gozar de esas facilidades aduaneras, ya sea en lo individual o como miembro de una misma familia repatriada, tendrán que registrarse ante el Instituto Nacional de Migración (INM) o en el consulado más cercano.
También podrán importar definitivamente su vehículo usado, previo cumplimiento de los requisitos y el pago correspondiente; trámite que se realizará por conducto de un agente aduanal.
Cuando traigan más de 10,000 dólares en efectivo, cheques, o cualquier otro documento por cobrar, deben declararlo a las autoridades aduaneras con la forma “Declaración de Internación o Extracción de Cantidades en Efectivo y/o Documentos por Cobrar (Español e Inglés)”.
No debe temerse por la declaración del dinero en la aduana, es una formalidad y no se paga IGI; sin embargo, no hacerlo es causa de una multa que va del 20% al 40% del remanente del citado monto.
Estas facilidades aduaneras se anunciaron anticipadamente en el portal del SAT, y tendrán una vigencia de seis meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de modificaciones a las RGCE 2017 que las considerará.