Decisión No. 87: TLC México Colombia

Puedes importar textiles de Colombia y considerarlos originarios, aun cuando se hayan producido con insumos fuera de la región

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 .  (Foto: iStock)

Por Irene Vega

La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el DOF del 24 de marzo de 2017 la Decisión No. 87 adoptada por la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia el 22 de febrero de 2017, a través de la que se acordó otorgar durante ciertos periodos una dispensa temporal para la utilización de algunos materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido, para que puedan recibir el trato arancelario preferencial del tratado.

Con esto, México aplicará el arancel de importación correspondiente a bienes originarios, a los textiles elaborados totalmente en Colombia con materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, cuya descripción y clasificación a nivel de fracción arancelaria sea la que se menciona enseguida, y siempre que se cumpla con los requisitos de origen establecidos para tal efecto. 

  Periodo Fracción arancelaria Descripción/Observaciones Cantidad
Textiles Insumo
Del 27 de marzo al 15 de septiembre de 2017 6108.22,  6212.10 y 6212.20 5402.45.00.00 Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex. Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro: Los demás, de nailon o demás poliamidas           2,000 kg netos
1. Poliamida 6 semi-mate redondo 22/7 Dtex Liso, 22 Dx, 7 filamentos, 1 cabo, 100% rígido, SM, redondo
Del 27 de marzo al 13 de octubre de  2017   5804.21, 6002.40, 6003.30, 6004.10, 6005.31, 6005.32, 6107.11, 6107.12, 6108.22, 6109.90, 62012.10, 6212.20 y 6305.39  5402.45.00 Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo decoser) sin acondicionar para la venta al por menor,incluidos los monofilamentos sintéticos de títuloinferior a 67 decitex. Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro: Los demás, de nailon o demás poliamidas         1,000 kg netos
1. 30-10 PA6 RIG SM 33 Dx, 10 filamentos, 1 cabo,poliamida, tipo PA6, semi-mate crudo, redondo, liso

Los bienes descritos quedarán sujetos a los mecanismos de verificación y certificación del tratado.

En Colombia se podrán utilizar los materiales en la cantidad máxima señalada.

Como importador, revisa que el certificado de origen, llenado y formado por el exportador, contenga en el campo de observaciones la frase siguiente, con los datos debidamente llenados: “el bien cumple con lo establecido en la Decisión No. 87 de la Comisión Administradora del Tratado y utilizó (monto(s)) kgs. de la dispensa otorgada a (nombre del (de los) material(es) utilizado(s), clasificado(s) en la fracción (fracciones) aancelaria(s)________.”