Reclama el IGI pagado si no aplicas TLC de Centroamérica

Este tratado te da alternativas para obtener los aranceles pagados en demasía, revisa cuáles son las formas

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Por Irene Vega

A través de los tratados de libre comercio se pueden obtener beneficios arancelarios en la importación de las mercancías originarias de los países que los hayan suscrito, y en caso de no haberlo solicitado al momento de la importación, se tiene derecho a exigirlos con posterioridad.

Así es, si importaste mercancía originaria de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, y tuviste que pagar IGI a la tasa general por no haber aplicado el beneficio al amparo del Tratado de Libre Comercio Único entre México y Centroamérica, te interesará saber que tienes opciones para recuperar dicho impuesto.

Las vías de recuperación son:

  • devolución en un plazo no mayor a un año, contado a partir de la fecha de la importación, en cuyo caso quedan a salvo las facultades de comprobación de la autoridad aduanera, o
  • compensación en una futura importación, la cual podrá efectuarse dentro de los cinco años siguientes a la fecha de rectificación del pedimento

Para ello tendrás que presentar el certificado de origen correspondiente y solicitar al agente aduanal la rectificación del pedimento