Descripción | Fracción Arancelaria | Fecha de publicación (DOF) | Resolución |
Refrigeradores de dos puertas con sistema de deshielo automático, con cualquier capacidad dentro del rango de 8 a 15 pies cúbicos o de 230 a 433 litros | 8418.10.01 | (8 de marzo 2002) | Se concluye el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales,en su modalidad de discriminación de precios,sin la imposición de cuotas compensatorias para las importaciones originarias de Corea |
Refrigeradores de dos puertas con sistema de deshielo automático, con capacidad de 8 15 pies cúbicos o de 230 a 433 litros de capacidad neta | 8418.10.01 y 3904.10.03 | (18 de febrero 2003) | Se confirma la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones originarias de Corea, publicada el ocho de marzo de 2002 |
Condensadores de tubo y alambre para refrigeración | 8418.99.99 | (28 de octubre 2004)) | Se acepta la solicitud presentada por Sparvel, S.A. de C.V., y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones originarias de Brasil. Asimismo, se fija como período de investigación el comprendido del 1o de enero al 31 de diciembre de 2003 |
Condensadores de tubo y alambre para refrigeración | 8418.99.99 | (22 de abril 2005) | Continúa el procedimiento de investigación sin imponer cuotas compensatorias provisionales a las importaciones originarias de Brasil, independientemente del país de procedencia |
Gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas, inclusive en ambos extremos | 8425.42.02 | (7 de octubre 2004) | Se acepta la solicitud presentada por Industrias Tamer, S.A. de C.V., y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia. Asimismo, se fija como período de investigación del 1o de enero al 31 de diciembre de 2003 |
Gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas, inclusive en ambos extremos | 8425.42.02 | (6 de abril 2005) | Continúa el procedimiento de investigación antidumping, y se impone una cuota compensatoria provisional de 667.16% a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia.La cuota se impone a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella, con independencia de la fracción arancelaria en que posteriormente se pudieran clasificar |
Gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas, inclusive en ambos extremos | 8425.42.02 | (23 de septiembre 2005) | Se declara concluido el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas de desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y se impone una cuota compensatoria definitiva de $18 dólares por pieza sobre las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia.La cuota compensatoria definitiva se impone a las importaciones del producto gatos hidráulicos tipo botella, con independencia de la fracción arancelaria en que posteriormente se pudieran clasificar |
Gatos hidráulicos tipo botella | 8425.42.02 | (23 de noviembre 2005) | Concluye el procedimiento administrativo de cobertura de producto y se confirman las cuotas compensatorias definitivas de $18 dólares por pieza (gatos hidráulicos) a las importaciones originarias de China, independientemente del lugar de procedencia. Fue confirmada mediante la resolución final que revisó la resolución definitiva de la investigación Antidumping, publicada en el DOF del 23 de septiembre de 2005 |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | Se publican las resoluciones por las cuales se revocaron a partir del 15 de octubre de 2008 las cuotas compensatorias | |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (22 de noviembre de 2007) | Se confirma la resolución final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia, publicada en el DOF el 11 de enero de 2007, en la que se determina la continuación de la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 125.96% por cinco años más contados a partir del 21 de febrero de 2006, publicada el 11 de enero de 2007 |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (21 de agosto de 2007) | Se declara de oficio el inicio del procedimiento de revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta en la resolución final publicada el 18 de octubre de 1994 y confirmada mediante las resoluciones del 21 de febrero de 2001 y 11 de enero de 2007, impuesta a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (26 de julio 2005) | Se declara de oficio el inicio de la investigación sobre elusión del pago de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia, mediante la presunta declaración de origen incorrecta de los Estados Unidos de América |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (25 de julio 2006) | Se declara concluido el procedimiento de investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia, sin extender la cuota compensatoria de 125.96%, señalada, a las importaciones de estas mercancías originarias de los Estados Unidos de América |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (13 de febrero 2006) | Se declara de oficio el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia, fijándose como período de examen el comprendido del 1o de enero al 31 de diciembre de 2005 |
Válvulas de hierro y acero | 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 | (11 de enero 2007) | Se declara concluido el procedimiento de examen y se determina la continuación de la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 125.96% (referida en el punto 4 de la Resolución), por cinco años más contados a partir del 21 de febrero de 2006 |
Bolas de acero al carbón con diámetro igual o menor a 17 mm | 8482.91.01 | (22 de julio 2002) | A partir del 24 de junio de 2002, se elimina la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones originarias de Taiwan |
Capítulo 84
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos