Oficio de la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas, mediante el cual se dispone que los certificados de origen ALADI emitidos con anterioridad al 16 de agosto de 2006, podrán considerarse válidos en terminos de la regla 2.6.3.,de las RCGCE, a pesar de que en el campo de la factura comercial del certificado, se asiente el número de la factura expedida por el exportador o productor quien emitió el certificado de origen.
Certificados de origen ALADI
Válidos los Certificados de origen ALADI expedidos antes del 16 de agosto de 2006
