Embargo sobre equipaje de pasajero

Embargo sobre equipaje de pasajero

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 .  (Foto: IDC online)

EMBARGO PRECAUTORIO. LA AUTORIDAD QUE LO DECRETA RESPECTO DE MERCANCÍAS NO DECLARADAS POR PASAJEROS, DEBE EXPRESAR LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES, RAZONES PARTICULARES O CAUSAS INMEDIATAS QUE CONSIDERÓ PARA ESTIMAR QUE NO ERAN PARTE INTEGRANTE DE SU EQUIPAJE.

El artículo 151, fracción III, de la Ley Aduanera faculta a las autoridades aduaneras a practicar embargo precautorio respecto de mercancías de procedencia extranjera cuando no se haya acreditado su legal tenencia o estancia en el país. Ahora bien, el hecho de que tratándose de pasajeros, la autoridad tenga la facultad de trabar dicha medida preventiva sobre las mercancías no declaradas y que no se consideren como parte integrante del equipaje de los pasajeros internacionales, conforme al artículo 89 del reglamento de la ley y a las reglas expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no la exime de cumplir con lo dispuesto en el artículo 16 constitucional, en el sentido de que en el acta en la que se contiene deben expresarse con precisión las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se tomaron en cuenta para emitir dicho acto, para de esa manera evitar un estado de incertidumbre en el pasajero quien desconoce los motivos que tomó en cuenta la autoridad aduanera para considerar que los bienes en cuestión no son parte integrante de su equipaje y, en consecuencia, decretar su aseguramiento. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.

Precedentes:
Amparo en revisión 527/2001. Beatriz Reyes Escobedo. 1o. de marzo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gabriel García Lanz, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Mario Andrés Pérez Vega. Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XV, Mayo de 2002 Tesis: XIV.2o.60 A Página: 1215 Materia: Administrativa Tesis aislada.
Novena época, Tribunales Colegiados de Circuito