Inicio de las facultades de comprobación

Inicio de las facultades de comprobación

.
 .  (Foto: IDC online)

El asesor comercial de la empresa nos señala que hemos omitido presentar ante la SE la información estadística por las operaciones de comercio exterior efectuadas, toda vez que desde finales de octubre del año pasado estamos autorizados para operar al amparo del programa Pitex. Al respecto, hemos revisado las diversas disposiciones que regulan la operación del programa y no encontramos el procedimiento para cumplir con esta obligación, ¿podrían orientarnos sobre el tema?

Derivado de la misma obligación que tienen las empresas Maquiladoras de Exportación artículo 15 del Decreto de maquiladoras y el procedimiento interno que maneja la SE se tiene conocimiento que la información estadística requerida es la solicitada por el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática ?INEGI?, y comprende información de la identificación del establecimiento: nombre o razón social, domicilio, principales productos, número de autorización, y Registro Federal de Contribuyentes, personal ocupado promedio mensual, tal y como se requiere a las empresas Maquiladoras de Exportación.

No obstante, aun cuando en el último párrafo, del artículo 21 del Decreto que establece Programas de Importación Temporal para producir Artículos de Exportación (Pitex), se establezca la obligación de presentar la información que para efectos estadísticos se determine, a la fecha no existe un procedimiento específico para llevar a cabo su cumplimiento o bien, la forma de presentarlo, por ende, no habría forma de presentarlo hasta que las mencionadas dependencias lo definan.