Regalías y el valor de la transacción

Regalías y el valor de la transacción

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 .  (Foto: IDC online)

IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS. CASO EN QUE LAS REGALÍAS PAGADAS DEBEN INCREMENTAR EL VALOR DE TRANSACCIÓN. Conforme a la fracción III y último párrafo del artículo 65 de la Ley Aduanera, el valor de transacción de las mercancías importadas comprenderá, además del precio pagado, las regalías y derechos de licencia relacionadas con las mercancías objeto de valoración que el importador tenga que pagar directa o indirectamente como condición de venta de dichas mercancías, siempre y cuando el incremento se realice sobre la base d datos objetivos y cuantificables. Esto es, a efecto de incrementar el valor de transacción respecto de las regalías y derechos de licencia, necesariamente se deben presentar todos y cada uno delos siguientes requisitos: 1) Que las regalías y derechos de licencia estén relacionados con las mercancías objeto de valoración. 2) Que el importador tenga que pagar directa o indirectamente, como condición de venta de dichas mercancías, las citadas regalías. 3) Que el incremento se realice sobre la base de datos objetivos y cuantificables. Por lo tanto, basta con la ausencia de cualquiera de los anteriores requisitos, para que no exista la obligación del importador de incrementar al valor de transacción, las regalías y derechos de licencia pagados al extranjero. (19)

Precedentes
Juicio no. 542/02-09-01?4/943/03?S2-08-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión del 10 de agosto de 2004, por unanimidad de 5 votos.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretario: Lic. Luis Edwin Molinar Rohana.
(Tesis aprobada en sesión de 5 de octubre de 2004)

FuenteTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Revista no. 49, Tomo I, Quinta Época, Enero 2005, No. de página 249