Revisión fiscal interpuesta por correo

Revisión fiscal interpuesta por correo

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 .  (Foto: IDC online)

REVISIÓN FISCAL. EL ACUSE DE RECIBO DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO ES PRUEBA IDÓNEA PARA DEMOSTRAR LA FECHA DE SU INTERPOSICIÓN.

Si se toma en consideración que el Servicio Postal Mexicano es un medio oficial de correo, resulta evidente que el acuse de recibo en el que se encuentra impreso el sello de recepción de la pieza postal respectiva, constituye una prueba idónea para demostrar la fecha de interposición del recurso de revisión fiscal, pues no debe soslayarse que el acuse mencionado emana de la propia oficina de correos en la que se depositó y fue registrado el sobre que contenía el escrito relativo, no obstante que el secretario adscrito a la Sala Fiscal, en la certificación de temporalidad, hubiese incurrido en error al no apreciar con exactitud la fecha que obra impresa en el sello del sobre que contiene el documento a presentar.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Precedentes

Reclamación 1/2005. Instituto Mexicano del Seguro Social. 4 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gabriel Olvera Corral. Secretaria: Sanjuana Alonso Orona.

Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, julio de 1999, página 254, tesis 2a./J. 74/99, de rubro: "REVISIÓN FISCAL INTERPUESTA POR CORREO."                                                                           

Fuente

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXI, Mayo de 2005. Página: 1541. Tesis: VIII.1o.72 A. Tesis Aislada. Materia(s): Administrativa. Novena Época. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.