¿Quién paga el ISAN?

Los distribuidores de autos nuevos que enajenen autos importados deberán trasladar el ISAN a quienes les enajenen dichos autos en territorio nacional

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 .  (Foto: IDC online)

AUTOMÓVILES NUEVOS. EL DISTRIBUIDOR QUE ENAJENA AL CONSUMIDOR FINAL LOS IMPORTADOS POR UN TERCERO, TIENE EL CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO RELATIVO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2004).- Conforme al sistema de causación y determinación del impuesto sobre automóviles nuevos previsto en los artículos 1o., 2o., 4o., 10 y 11 de la ley federal relativa vigentes en 2004, se obtiene que dicho tributo es indirecto. En esa tesitura, si bien es cierto que la importación definitiva de ese tipo de vehículos a cargo de terceros es uno de los hechos que originan el cálculo de la contribución, también lo es que ésta sólo puede efectuarse hasta que se lleva a cabo su enajenación, operación en la que además se incorpora el monto del impuesto general de importación y el de otras contribuciones que tengan que pagarse, por lo que es el consumidor final quien, por regla general, absorbe el impacto económico por la traslación de que es sujeto. En tal virtud, al ser el distribuidor quien recibe la cantidad correspondiente, es patente que tiene la calidad de retenedor del tributo y, por tanto, el carácter de contribuyente, no como obligado directo, sino como encargado de efectuar el entero ante el fisco federal. 

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA TERCERA REGIÓN.

Revisión fiscal 350/2008. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 14 de enero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Díaz Ortiz. Secretario: Ángel de Jesús Fernández del Río. 

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIX. Novena Época, febrero de 2009, pág. 1826. Tesis: XVI.1o. (III Región) 4 A

Comentario IDC

Los distribuidores de autos nuevos que enajenen autos importados definitivamente por terceras personas, deberán trasladar el impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN) a quienes les enajenen dichos autos en territorio nacional y enterarlo al fisco. Esto en alusión de ser el consumidor final a quien se le traslada el impuesto