Enajenación entre residentes en el extranjero con entrega material en el país

Enajenación entre residentes en el extranjero con entrega material en el país

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 .  (Foto: IDC online)

Estamos revisando un documento enviado por el agente aduanal al departamento de tráfico, el cual hace alusión a los términos aduaneros de recinto fiscalizado y depósito fiscal, podrían decirnos ¿qué debemos entender por ellos Respuesta:

En principio, cabe señalar que el Depósito fiscal: es un régimen aduanero consistente en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito autorizados para prestar dichos servicios en términos de la Ley General de Organizaciones u Actividades Auxiliares del Crédito; las cuales, previo cumplimiento de las disposiciones aduaneras, podrán retirarse para su: importación o exportación definitiva, retorno al extranjero o reincorporación a territorio nacional, según sea el caso; o bien, para su importación temporal por Pitex o Maquiladoras (artículos 119 y 120 de la Ley Aduanera ?LA?).

Ahora bien, los Recintos fiscalizados: son inmuebles ubicados dentro de los recintos fiscales, en los cuales se prestan los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, y se encuentran a cargo de particulares a quienes el Servicio de Administración Tributaria otorga concesión para prestar dichos servicios (artículo 14 de la LA).