Factura de ejercicio anterior

Factura de ejercicio anterior

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 .  (Foto: IDC online)

A finales de 2004 se expidió una factura que amparaba mercancía para exportar días después; sin embargo y aun cuando fue pagado el importe de las mismas, el cliente solicitó se mantuviera almacenada en nuestras bodegas en México. Actualmente se nos requirió su envió, por lo que le solicitamos al agente aduanal la exportación y le enviamos la factura de la misma, pero nos señala que dicho documento no sirve por ser del año anterior, y solicita una actual, ¿es correcta su solicitud

De conformidad con los Arts. 36, fracción II y 79 de la LA, para la exportación se requiere presentar la factura o cualquier documento que exprese valor comercial de la mercancía en el lugar de venta.

Ahora bien, si el valor de la mercancía sigue siendo el mismo al contemplado en la factura, consideramos que no habría por que presentar un documento distinto; empero, de tenerlo no sólo presentará uno nuevo con el valor actual de las mismas, sino también deberá cambiar la factura y el ingreso obtenido por dicha venta.

Por otro lado, aun cuando no haya restricción alguna sobre la vigencia de la misma, en la práctica suele rechazarse cuando no se trata del documento actual, por lo cual le sugerimos presentar cualquier otro documento que exprese el valor comercial de los bienes a exportar.

Cabe observar que independiente que no hubiera problema en la parte exportadora respecto a la fecha de la factura, en el país de destino si podría presentarse, toda vez que ?las facturas presentadas para la importación tienen una vida útil de 90 días? (Arts. 5o del Capítulo correspondiente a Normas de Valoración Aduanera del Código de Valoración Aduanera de la Organización Mundial de Comercio, y 76 de la LA).