Gestoría de trámites aduanales

Gestoría de trámites aduanales

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 .  (Foto: IDC online)

El representante de una empresa dedicada a la prestación de servicios de asesoría en trámites aduanales nos ofrece importar nuestras mercancías, lo cual nos resulta atractivo pues el pago de esos servicios es más económico de lo que regularmente pactamos con el agente aduanal; .. .. empero, el gestor señala que toda operación debe ser por su conducto y únicamente requiere le sea enviada la documentación respectiva. Al preguntarle sobre el encargo conferido al agente aduanal indica que no es necesario nombrarlo y en todo caso, se conceda el encargo a su empresa quien gestionará dichas importaciones, ¿es correcto esto

De conformidad con el Art. 159 de la LA, el agente aduanal es la persona autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante patente, para promover por cuenta ajena el despacho aduanero de las mercancías en los diversos regímenes aduaneros previstos.

Ahora bien, dentro de las obligaciones del agente aduanal está cumplir con el encargo conferido para lo cual se requiere que el importador informe a la Administración General de Aduanas, los nombres y patentes de los agentes aduanales encomendados para efectuar sus operaciones de comercio exterior, así como el período de sus funciones, y por ende cobrar sus honorarios conforme a lo pactado con el importador (Arts. 59, 162, fracción IV y 163, fracción V de la LA).

En consecuencia, lo señalado por dicho representante resulta incorrecto, ya que el trámite de encargo conferido únicamente es aplicable para los agentes aduanales no para empresas prestadoras de servicios de gestoría; por lo cual le recomendamos evitar este tipo de servicios y continuar despachando sus operaciones a través de un agente aduanal, pues de esta forma tendrá mayor seguridad jurídica.