Informe de operaciones en regla octava

Informe de operaciones en regla octava

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 .  (Foto: IDC online)

En agosto venció la autorización otorgada a la empresa para realizar importaciones definitivas al amparo de la Regla Octava, por lo que requerimos saber si ¿debemos dar algún informe de nuestras operaciones a alguna dependencia Las disposiciones aduaneras no contemplan la obligación de presentar algún reporte de las operaciones de comercio exterior realizadas a través de la Regla Octava; empero la Secretaría de Economía dispone que únicamente deberá presentarse a su solicitud.

Sólo se recomienda registrar sus importaciones definitivas bajo dicha regla en su control de inventarios en forma automatizada, como una obligación general de los importadores, de acuerdo con el Art. 59, fracción I de la LA.