Padrón de Importadores: persona física

Padrón de Importadores: persona física

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 .  (Foto: IDC online)

Necesito saber los requisitos para obtener el Padrón de Importadores por primera vez para persona física. Respuesta

El artículo 59, fracción IV de la Ley Aduanera -LA-, establece que los importadores deben inscribirse al Padrón de importadores, y para ello deben:

  • encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, y
  • acreditar ante las autoridades aduaneras estar inscritos en el RFC.

Además deberán cumplir con las disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera; por lo que si la persona física realiza actividades empresariales conforme el artículo 16, fracción I del Código Fiscal de la Federación y se encuentra tributando conforme la Sección I de la Ley del ISR consideramos que no habría inconveniente para solicitar la inscripción en el Padrón de Importadores.