Prestación de transporte internacional

Prestación de transporte internacional

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente nos constituimos como empresa de autotransporte de carga federal e iniciaremos servicios de transporte terrestre de mercancías a Guatemala. Para comprobar a las autoridades aduanales la tasa del 0% del IVA a facturar por dicho servicio internacional ¿debemos contar con el pedimento de exportación de las mercancías que transportamos

Para efectos del artículo 29, fracción V de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), en la fracción III de la regla 5.6.4, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, se dispone la opción de aplicar la tasa del 0% del IVA en la prestación del servicio de transporte internacional público terrestre de bienes por carretera, prestado por residentes en el país a residentes en el extranjero, cuando se inicie en un punto del territorio nacional y concluya en el extranjero.

Ahora bien, respecto al pedimento de exportación por acompañar a la factura emitida por la prestación del servicio de transporte internacional con el objeto de acreditar ante las autoridades hacendarias la tasa 0% IVA exportación, no existe disposición fiscal alguna que lo regule.

No obstante, el agente aduanal deberá entregarle copia del pedimento de exportación de las mercancías con el cual transitará para su salida de la aduana (además de la carta de porte, contrato de prestación de servicios y la misma factura, en los cuales se contenga la descripción del servicio, así como de los puntos del territorio nacional en donde inicie el transporte y concluya en el extranjero), el cual podrá servirle para acreditar que se encuentra en el supuesto de la ley o regla mencionadas.